DECRETO 3/2006, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Reglamento del Juego del Bingo y de sus distintas modalidades aprobado por Decreto 335/2001, de 18 de diciembre y modificado por Decreto 233/2003, de 2 de septiembre.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 3/2006, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Reglamento del Juego del Bingo y de sus distintas modalidades aprobado por Decreto 335/2001, de 18 de diciembre y modificado por Decreto 233/2003, de 2 de septiembre.

El Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye, en su artículo 35.1.36ª a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de casinos, juegos, apuestas y combinaciones aleatorias, excepto las apuestas y loterías del Estado.

El Real Decreto 1055/1994, de 20 de mayo, traspasó a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones y servicios en las señaladas materias.

En el ejercicio de las competencias que le confiere el Estatuto de Autonomía, las Cortes de Aragón aprobaron la Ley 2/2000, de 28 de junio, del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón, en la que se recogen las directrices básicas de la planificación y de la ordenación del juego y de las apuestas en Aragón.

El párrafo tercero del artículo 10 de la citada Ley 2/2000, de 28 de junio, señala que corresponde al Gobierno de Aragón aprobar los reglamentos específicos de cada juego incluidos en el Catálogo de Juegos y Apuestas y modificar las características y cuantías de las jugadas y premios.

La letra c) del párrafo segundo del artículo 5 de la Ley 2/2000, de 28 de junio, recoge entre los juegos autorizados en la Comunidad Autónoma de Aragón «el juego del bingo, en sus distintas modalidades».

En el ejercicio de esta atribución el Gobierno de Aragón dictó el Decreto 335/2001, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo y de sus distintas modalidades, posteriormente modificado por el Decreto 233/2003, de 2 de septiembre.

La evolución del sector del bingo, las demandas formuladas por el sector, la experiencia adquirida con la aprobación de los Decretos arriba referidos y la asimilación de nuestra normativa al resto de las Comunidades Autónomas, hacen conveniente abordar una tercera modificación del Decreto 335/2001, de 18 de diciembre.

Este Decreto contiene un artículo único, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

En este Decreto se abordan seis modificaciones.

En primer lugar, se adiciona el requisito de limitación de...

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