DECRETO 122/2009, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto Histórico, la villa de Luesia (Zaragoza).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 122/2009, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto Histórico, la villa de Luesia (Zaragoza).

El artículo 12 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece que los bienes más relevantes del Patrimonio de Aragón serán declarados Bienes de Interés Cultural y serán inscritos en el Registro de Bienes de Interés Cultural.

Dicho artículo, en su apartado 2º, recoge las diferentes categorías de Bienes Inmuebles entre las que se encuentra la de Conjunto de Interés Cultural que engloba, entre otras, la figura de Conjunto Histórico, definida como «la agrupación continua o dispersa de bienes inmuebles, que es representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o de su historia, que se constituye en una unidad coherente y delimitable con entidad propia, aunque cada elemento por separado no posea valores relevantes».

Igualmente, el artículo 16 del citado texto legal señala que la declaración de Conjunto de Interés Cultural afectará tanto a los propios elementos que constituyen el Conjunto como al entorno de éstos, delimitado en atención a la incidencia que cualquier alteración de dicho entorno pueda tener en los valores propios del Conjunto o en su contemplación.

Por Resolución de 14 de mayo de 2007, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, se inició expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto Histórico, de la villa Luesia (Zaragoza). Dicha Resolución se publicó en el «Boletín Oficial de Aragón» de 1 de junio de 2007.

El citado expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, concediéndose un periodo de información pública en el que no se formularon alegaciones. Igualmente se dio audiencia a los interesados, trámite en el que se presentaron consideraciones las cuales fueron debidamente contestadas.

Asimismo, se solicitaron los informes preceptivos a las respectivas Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural y de Ordenación del Territorio de Zaragoza, pronunciándose favorablemente a la declaración propuesta, así como al Ayuntamiento de Luesia.

Por todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta de la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 7 de julio de 2009,

DISPONGO

Primero.-Objeto

Declarar Bien de Interés Cultural, en la categoría de Conjunto Histórico, la villa de Luesia (Zaragoza). La descripción, medidas de tutela y delimitación concreta del Conjunto se recogen en los Anexos I, II y III de este Decreto.

Segundo.-Régimen jurídico.

El Régimen Jurídico aplicable a los Conjuntos de Interés Cultural es el previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural...

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