DECRETO 28/1986, de 24 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la concesión de avales a pequeñas y medianas empresas para los créditos concertados por las mismas, de acuerdo con lo determinado en la Ley 2/1986, de 7 de marzo, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 28/1986, de 24 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la concesión de avales a pequeñas y medianas empresas para los créditos concertados por las mismas, de acuerdo con lo determinado en la Ley 2/1986, de 7 de marzo, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Ley 2/1986, de Presupuestos para 1986 de la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 34, apartado 1, autoriza a la Diputación General de Aragón la concesión de avales a pequeñas y medianas empresas aragonesas para los créditos concertados por las mismas, con la finalidad de garantizar la creación o permanencia de puestos de trabajo, siempre que demuestren su viabilidad de futuro, mediante el correspondiente plan económico-financiero, señalándose que el importe total de dichos avales, que sólo se concederán en circunstancias excepcionales, no podrá rebasar el saldo deudor de trescientos millones de pesetas, teniendo en cuenta las amortizaciones llevadas a cabo de operaciones formalizadas con anterioridad, y que ningún aval individualizado podrá superar la cifra de treinta millones de pesetas.

Es necesario, de acuerdo con el mandato legal citado, proceder a la regulación de la concesión de avales, mediante el instrumento normativo que abra y condicione la oportuna convocatoria, para que las pequeñas y medianas empresas aragonesas puedan aprovechar en circunstancias excepcionales el respaldo financiero que supone la figura jurídica del aval.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación de la Diputación General en su reunión del día 24 de marzo de 1986.

DISPONGO:

Artículo primero.-La Diputación General de Aragón, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, podrá autorizar la concesión de avales a pequeñas y medianas empresas aragonesas para los créditos concertados por las mismas, con la finalidad de garantizar la creación o permanencia de puestos de trabajo en cumplimiento de lo previsto en el artículo 34, apartado 1 de la Ley 2/86, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 1986.

Artículo segundo.-Los expresados avales, que tendrán naturaleza jurídico-administrativa, serán tramitados por el Departamento de Economía y Hacienda con arreglo a lo dispuesto en el presente Decreto, elevando el Consejero a la Diputación General de Aragón la correspondiente propuesta.

Artículo tercero.-El importe máximo de cada aval individualizado no podrá...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR