DECRETO 210/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la constitución de la Fundación Plaza.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTOS DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO Y DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 210/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la constitución de la Fundación Plaza.

La Diputación General de Aragón, de acuerdo con el artículo 35.1.27ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, ejerce competencias exclusivas en materia de fundaciones de carácter docente, cultural, artístico, benéfico, asistencial y similares que desarrollen principalmente sus funciones en Aragón.

Mediante el Decreto 125/2000, de 27 de junio, del Gobierno de Aragón, se crea la empresa pública «Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S. A.», de participación mayoritaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y adscrita al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

El Consejo de Administración de esta sociedad acordó, en su reunión celebrada el día 6 de octubre de 2006, constituir la Fundación Plaza con el objeto de materializar los programas de responsabilidad social corporativa de la sociedad mercantil «Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S. A.», en materia de acción social, persiguiendo específicamente la mejora y fortalecimiento de la sociedad aragonesa a través de actuaciones sociales, cívicas, educativas, culturales, científicas o deportivas.

El artículo 73.4 del Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón establece que la Comunidad Autónoma de Aragón podrá participar en Fundaciones, previa autorización del Gobierno de Aragón mediante Decreto. En este caso la participación de la Comunidad Autónoma es indirecta a través de la empresa pública «Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S. A.», de participación mayoritaria de la Administración de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y de Economía, Hacienda y Empleo y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 24 de octubre de 2006,

DISPONGO

Primero: Se autoriza la constitución de la Fundación Plaza con el objeto de materializar los programas de responsabilidad social corporativa de la sociedad mercantil «Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S. A.», participada mayoritariamente por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en materia de acción social, persiguiendo específicamente la mejora y fortalecimiento de la sociedad aragonesa a través de actuaciones sociales, cívicas, educativas, culturales, científicas o deportivas.

Segundo: Se aprueban los Estatutos de la Fundación Plaza, que se acompañan como anexo al presente Decreto.

Tercero: Se faculta al Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, para realizar cuantas acciones sean necesarias para la ejecución del presente Decreto, en nombre y representación de la Diputación General de Aragón.

Zaragoza, 24 de octubre de 2006.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes, JAVIER VELASCO RODRIGUEZ

El Consejero de Economía, Hacienda

y Empleo, ALBERTO LARRAZ VILETA

ANEXO ESTATUTOS DE LA FUNDACION PLAZA

Título primero Disposiciones generales Artículos 1 a 5
Artículo 1º Denominación y naturaleza.

Con la denominación de «Fundación PLAZA», se constituye una organización constituida sin fin de lucro, que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.

Artículo 2º Personalidad Jurídica y capacidad.

La Fundación, una vez inscrita la escritura pública de su constitución en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.

Artículo 3º Régimen.

La Fundación se regirá, por la voluntad del Fundador, por sus Estatutos y, en todo caso, por la Ley.

Artículo 4º Nacionalidad y domicilio.

La Fundación que se crea tiene nacionalidad española. El domicilio de la Fundación radicará en Zaragoza (España), Carretera del Aeropuerto, p.k 2 Plataforma Logística de Zaragoza. El Patronato podrá promover el cambio de domicilio, mediante la oportuna modificación estatutaria, con inmediata comunicación al Protectorado, en la forma prevista en la legislación vigente.

Artículo 5º Ambito de actuación.

La Fundación desarrollará principalmente sus actividades en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. En cuanto al ámbito personal o sector de población atendida, la actuación de la Fundación se circunscribe a los habitantes de Aragón.

Título segundo Objeto de la Fundación Artículo 6
Artículo 6º Fines.

La Fundación tiene por objeto el materializar los programas de responsabilidad social corporativa de la sociedad mercantil PLATAFORMA LOGISTICA DE ZARAGOZA. PLAZA, S. A. en materia de acción social, persiguiendo específicamente la mejora y fortalecimiento de la sociedad...

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