DECRETO 228/1994, de 15 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, sobre atribución de competencias al Departamento de Economía y Hacienda en materia de Asuntos Comunitarios Europeos.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

††† DECRETO 228/1994, de 15 de diciembre, de la DiputaciÛn General de AragÛn, sobre atribuciÛn de competencias al Departamento de EconomÌa y Hacienda en materia de Asuntos Comunitarios Europeos.

††† El artÌculo 40.2 del Estatuto de AutonomÌa de AragÛn establece que la DiputaciÛn General de AragÛn adoptar· las medidas necesarias para la ejecuciÛn, dentro de su territorio, de todos los Tratados Internacionales y de los Actos normativos de las Organizaciones internacionales en lo que afecten a las materias propias de las competencias de la Comunidad AutÛnoma .

††† La Ley 9/1994, de 7 de octubre, establece el procedimiento de informaciÛn a las Cortes de AragÛn y a las Corporaciones Locales afectadas, asÌ como al Consejo EconÛmico y Social, acerca de los Planes de ReconversiÛn Regional y Social de AragÛn, a efectos del Objetivo 2 y de los Planes de Desarrollo Rural, a efectos del Objetivo 5.

††† La creciente complejidad en los mecanismos que intervienen en la informaciÛn proveniente de la UniÛn Europea, asÌ como la gestiÛn de los fondos europeos con finalidad estructural, hacen conveniente regular la coordinaciÛn de actuaciones en las fases de informaciÛn, programaciÛn y seguimiento de las actuaciones cofinanciadas por fondos europeos, para lograr el Ûptimo aprovechamiento de los recursos financieros.

††† El Decreto 1/1994, de 12 de enero, de la DiputaciÛn General de AragÛn, por el que se regula la composiciÛn y funciones de la ComisiÛn Aragonesa para Europa, configura este Ûrgano como coordinador de las actuaciones de la Comunidad AutÛnoma, no sÛlo con respecto a la Comunidad EconÛmica Europea, sino tambiÈn con respecto a cualesquiera otras instituciones polÌticas europeas.

††† La programaciÛn de acciones a cofinanciar por la UniÛn Europea est· directamente vinculada a la presupuestaciÛn de la Comunidad AutÛnoma para cada uno de los ejercicios econÛmicos. De an·loga forma, el seguimiento econÛmico de la ejecuciÛn debe realizarse de acuerdo con la fase contable de los expedientes de gastos que corresponden a las inversiones objeto de financiaciÛn comunitaria, incluidas en los Planes o Programas Operativos de Objetivos o de Iniciativas Comunitarias.

††† En su virtud, a propuesta del Consejero de EconomÌa y Hacienda, previa deliberaciÛn de la DiputaciÛn General de AragÛn, en su reuniÛn del dÌa 15 de diciembre de 1994, DISPONGO:

††† ArtÌculo 1∫.--Objeto: Es objeto del presente Decreto, la ordenaciÛn en la coordinaciÛn general de actuaciones en el...

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