DECRETO 181/1992, de 20 de octubre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las ayudas a entidades locales aragonesas en materia de operaciones de renovación y remodelación urbana en zonas residenciales e industriales.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 181/1992, de 20 de octubre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las ayudas a entidades locales aragonesas en materia de operaciones de renovación y remodelación urbana en zonas residenciales e industriales.

La Diputación General de Aragón tiene asumida la competencia exclusiva en materia de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35.1 del Estatuto de Autonomía, siendo funciones propias del Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, como Organismo Autónomo adscrito al Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, las actuaciones urbanísticas para la ejecución de sus Planes y Programas, sean propios o asumidos como tales, en colaboración con otras Entidades, para la promoción de suelo destinado a usos residenciales, industriales, de Servicios, y dotaciones comunitarias, así como operaciones de renovación y remodelación urbana, de acuerdo con el texto del artículo 6 d) de la Ley 6/1985, de 22 de noviembre, de creación del Instituto. Con objeto de completar la regulación de los posibles cauces de obtención, por las Entidades locales aragonesas, tanto de ámbito municipal, supramunicipal o comarcal, de ayudas para obras y Servicios procedentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de modo que garanticen los principios de publicidad, concurrencia y objetividad de la concesión, resulta conveniente prever el acceso a subvenciones con cargo a los programas del Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, para algunas finalidades especiales que no tienen un preciso encaje en otros programas sectoriales y que, sin embargo, pueden merecer apoyo y colaboración por parte del Gobierno de Aragón. En su virtud, a propuesta del Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 20 de octubre de 1992, DISPONGO:

Artículo 1.--Objeto: Por el Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, y con cargo a sus programas presupuestarios, podrán concederse subvenciones y ayudas en materia de operaciones de renovación y remodelación urbana en zonas residenciales e industriales, siendo objeto del presente Decreto la regulación del procedimiento para su concesión. Artículo 2. Ambito de actuación:

Las ayudas a las que se refiere el artículo anterior podrán dirigirse a la financiación total o parcial de las siguientes actuaciones: a)...

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