DECRETO 120/2005, de 7 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los premios juventud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALESY FAMILIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 120/2005, de 7 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los premios juventud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Comunidad Autónoma de Aragón ha querido impulsar la participación social en el ámbito de la juventud, mediante el reconocimiento público a una trayectoria o actuación relevante en esta materia.

Así, mediante Decreto 39/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, instituyó los Premios Juventud de la Comunidad Autónoma de Aragón, como instrumento para incentivar y estimular todas aquellas actividades destinadas a favorecer y fomentar la participación social, la autonomía y la calidad de vida de los jóvenes.

Ante la buena acogida que han venido teniendo los Premios Juventud en ediciones anteriores y, dentro de la misma línea de actuación, parece oportuno ampliar su objeto a otras actividades que, por su destacado beneficio o por constituir un modelo o testimonio ejemplar para la sociedad aragonesa, sean igualmente merecedoras de reconocimiento. Por otra parte resulta conveniente concretar determinados aspectos referidos a su régimen general.

Tales razones aconsejan establecer un nuevo marco normativo, regulador de los Premios Juventud de la Comunidad Autónoma de Aragón, fin al que responde el presente Decreto.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Servicios Sociales y Familia, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 7 de junio de 2005,

DISPONGO:

Artículo 1º Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto regular los Premios Juventud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 2º Finalidad.

Los Premios Juventud tienen como fin el reconocimiento de una trayectoria de servicios prestados, actuaciones relevantes y proyectos diseñados y/o llevados a cabo, en materia de juventud, que supongan un destacado beneficio para la Comunidad y constituyan un modelo y testimonio ejemplar para la sociedad aragonesa

Artículo 3º Convocatoria y Dotación.
  1. Los Premios Juventud tendrán una periodicidad anual y serán convocados por Orden del Departamento competente en materia de juventud de acuerdo con lo dispuesto en el...

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