DECRETO 246/2006, de 19 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el concurso para la concesión del premio al libro mejor editado en Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 246/2006, de 19 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el concurso para la concesión del premio al libro mejor editado en Aragón.

El Estatuto de Autonomía de Aragón dispone en su artículo 53.1.30ª que corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de las normas en materia de cultura, siendo ésta una competencia exclusiva de la Comunidad.

El Decreto 29/2004, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, modificado por el Decreto 151/2004, de 9 de junio, establece que es competencia de este Departamento la promoción del libro y la lectura en Aragón, así como la política del libro en todas sus fases: creación, edición, difusión y comercialización.

Por de Orden de 17 de febrero de 2005, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, se creó el Centro del Libro de Aragón con el fin de vertebrar la actuación pública de fomento en el sector del libro en Aragón.

El desarrollo de esta actuación se centra en promocionar aquellas actividades y productos culturales que, por su relevante significación, sean representativas del buen hacer en el sector del libro en Aragón. En atención a este planteamiento, se considera oportuno convocar un premio anual al libro mejor editado en Aragón de carácter honorífico.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 19 de diciembre de 2006,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto

Se crea el concurso para la concesión del premio al libro mejor editado en Aragón que se regirá por las bases que se adjuntan como anexo I.

Artículo 2 Convocatoria

El premio al libro mejor editado en Aragón se convocará anualmente.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Se faculta a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo del presente Decreto.

Segunda.-La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, a 19 de diciembre de 2006.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

La Consejera de Educación, Cultura

y Deporte...

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