DECRETO 303/2003, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 183/2000, de 24 de octubre, por el que se regula la Comisión del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 303/2003, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 183/2000, de 24 de octubre, por el que se regula la Comisión del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto 183/2000, de 24 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón, establece la composición de la misma.

El Decreto de 7 de julio de 2003, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, estableció la nueva organización departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por lo que es necesario adaptar la composición de la Comisión del Juego a lo establecido en este Decreto.

Igualmente se estima que el Director General de Turismo debe formar parte de la Comisión del Juego.

Por cuanto antecede, a propuesta del Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, visto el informe emitido por la Dirección General de Servicios Jurídicos, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 2 de diciembre de 2003, DISPONGO:

Artículo único.-Modificación del Decreto 183/2000, de 24 de octubre.

Se modifica el artículo 2.1 del Decreto 183/2000, de 24 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón, que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 2.-Composición.

La Comisión del Juego, adscrita al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, estará presidida por el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, siendo su Vicepresidente el Secretario General Técnico de dicho Departamento, y formarán parte de ella los siguientes vocales:

-El Director General de Interior.

-El Director General de Tributos.

-El Director General de Administración Local y Política Territorial.

-El Director General de Turismo.

-Un representante, con categoría al menos de Director General, de los siguientes Departamentos:

-Salud y Consumo.

-Educación, Cultura y Deporte.

-El Jefe del Servicio de Autorizaciones Administrativas y Sanciones de la Dirección General de Interior.

-Tres representantes de las Organizaciones Empresariales más representativas, debiendo representar cada uno a uno de los siguientes sectores...

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