DECRETO 129/2010, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 225/2007, de 18 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTOS DE PRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

El Decreto de 6 de julio de 2007, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, determina el número y funciones de los Departamentos que componen el Gobierno de Aragón, creando el Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior. Esta estructura se desarrolla por el Decreto 112/2007, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón.

Mediante Decreto 225/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior. En dicho Decreto se describían las funciones de la Dirección General de Ordenación de Territorio pero no se contemplaban las atribuciones derivadas de la aprobación de la nueva Ley de Ordenación del Territorio de Aragón.

La Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón, supone una nueva regulación de la función pública de ordenación del territorio en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se publica en el «Boletín Oficial de Aragón» número 124, de 30 de junio de 2009, conjuntamente con la Ley 3/2009, de 17 de mayo, Urbanística de Aragón. La aprobación de ambas normas, además de suponer un nuevo marco jurídico en las materias objeto de su regulación, conlleva una mayor claridad en la delimitación competencial entre los departamentos con competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Ello supone, a su vez, la creación de un nuevo órgano colegiado, el Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, adscrito al actual departamento de Política Territorial, Justicia e Interior, con competencias representativas y consultivas, en particular, de emisión del dictamen territorial determinante a los planes y proyectos del Estado con incidencia territorial en Aragón; de emisión de informe territorial a los planes, proyectos y programas elaborados por órganos de la Comunidad Autónoma; de emisión de informe a los planes generales de ordenación urbana en los supuestos regulados por la ley, y a los planes y proyectos de interés general de Aragón; así como el resto de las competencias que las leyes sectoriales atribuyen al Consejo de ordenación del Territorio de Aragón.

La aprobación de la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de...

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