DECRETO 299/2002, de 17 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la empresa pública «Parque Tecnológico Walqa S. A.»

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA HACIENDA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 299/2002, de 17 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la empresa pública «Parque Tecnológico Walqa S. A.» El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 35.1.24ª atribuye competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Aragón para el fomento del desarrollo económico en el ámbito territorial de Aragón, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional, así como la creación y gestión de un Sector Público propio de la Comunidad. Por otra parte, el artículo 35.1.29ª del citado Estatuto le atribuye competencia en materia de investigación técnica en coordinación con la general del Estado.

En estos últimos años, los proyectos empresariales ligados a los sectores de la llamada «Sociedad de la Información» han constituido un importante y decisivo motor para el desarrollo socioeconómico, no sólo por el volumen de negocio que han promovido o el empleo que han generado, sino también por la fuerza innovadora y tecnológica que estos proyectos llevan consigo.

La evolución de las tecnologías de la información y la comunicación y sus necesidades en materia de servicios de I+D han promovido una demanda creciente de las instalaciones y servicios que ofrecen los Parques Tecnológicos.

El Gobierno de Aragón intenta dar respuesta a las exigencias que impone la evolución de estos mercados contribuyendo a optimizar los recursos y herramientas disponibles en nuestra Comunidad Autónoma para hacer de ella una óptima localización para el desarrollo de proyectos empresariales de estas características.

La iniciativa del «Centro de Excelencia en Internet Walqa», ubicado en Huesca, se ha considerado como una acción prioritaria del Gobierno de Aragón, que tiene como objetivo convertir a Aragón en punto de referencia en España en los temas mencionados.

El Parque Tecnológico Walqa es una iniciativa del Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Fomento, y del Ayuntamiento de Huesca, y en estos momentos se están realizando inversiones con un ámbito temporal que abarca los ejercicios 2002/2005, contemplando la construcción de dos edificios en 2002 (el de servicios generales y el de empresas) y otros tres, a partir de 2003, para albergar un mayor número de empresas.

Para instrumentar la financiación de las citadas inversiones y la gestión de los recursos del Parque, así como de las acciones y proyectos que permitan alcanzar los objetivos previstos en el campo de las tecnologías de la comunicación, Internet y comercio electrónico, se considera oportuno crear una empresa pública que se denominará «Parque Tecnológico Walqa S. A.».

Mediante Convenio de Colaboración suscrito el 14 de junio de 2002 por el Instituto Aragonés de Fomento, el Ayuntamiento de Huesca, Multicaja e Ibercaja, se sentaron las bases para la creación de la referida sociedad.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio del Gobierno de Aragón y en el artículo 84 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo y del Consejero de Industria, Comercio y Desarrollo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 17 de septiembre de 2002, DISPONGO:

Artículo 1º.-Se crea la empresa pública «Parque Tecnológico Walqa S.

A.», que revestirá la forma jurídica de Sociedad Anónima.

Artículo 2º.-La Sociedad tiene por objeto la promoción, gestión, explotación y adquisición de las edificaciones complementarias que se ubiquen en dicho Parque, así como la venta, cesión y adjudicación, por cualquier título, de parcelas y terrenos propiedad de la Sociedad Gestora del Parque Tecnológico Walqa. Es asimismo objeto de la Sociedad llevar a cabo las tareas técnicas y económicas tendentes a la promoción y gestión del Parque Tecnológico Walqa en Huesca, mediante la captación y asentamiento en el mismo de empresas y entidades de investigación, innovación, desarrollo o producción singular de tecnología aplicada preferentemente en el sector de las tecnologías de la información y comunicación. De la misma manera, también podrá dedicar su actividad a la formación de personal, en todos los ámbitos de la actividad empresarial.

Artículo 3º.-La empresa quedará adscrita al Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo.

Artículo 4º.-La empresa pública «Parque Tecnológico Walqa S. A.», se regirá por sus Estatutos Sociales, por la legislación relativa a las sociedades anónimas y demás normas de Derecho Privado, sin perjuicio de las reglas específicas que figuran en la legislación reguladora de la Organización y Funcionamiento de la Administración Pública aragonesa, y en la legislación de Hacienda y Patrimonio de la Comunidad Autónoma.

Los Estatutos de la Sociedad se aprueban a través del presente Decreto y aparecen como anexo al mismo.

Artículo 5º.-La empresa pública «Parque Tecnológico Walqa S. A.» tendrá una duración indefinida y dará comienzo sus operaciones el día del otorgamiento de su Escritura fundacional.

Artículo 6º.-El capital social se fija en la cuantía de 2.790.660 euros (dos millones setecientos noventa mil seiscientos sesenta euros) dividido en 46.511 acciones ordinarias, nominativas y de una sola serie, de 60 euros (sesenta euros) de valor nominal cada una de ellas, suscrito en su totalidad de la forma siguiente: el Instituto Aragonés de Fomento suscribirá 23.264 acciones, por importe de 1.395.840 euros (50,02 % del capital social), el Ayuntamiento de Huesca suscribirá 13.247 acciones, por importe de 794.820 euros (28,48% del capital social), Ibercaja suscribirá 5.000 acciones, por importe de 300.000 euros (10,75% del capital social) y Multicaja suscribirá 5.000 acciones, por importe de 300.000 euros (10,75% del capital social).

En el momento de la constitución se desembolsará el 25% de la cuantía correspondiente a cada una de las suscripciones.

Artículo 7º.-La organización y funcionamiento del órgano de administración de la sociedad se regirá de acuerdo con lo que establezcan sus Estatutos Sociales, existiendo un Consejo de Administración integrado por un mínimo de 7 y un máximo de 11 miembros.

Artículo 8º.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.2.f) del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Gobierno de Aragón se reserva las siguientes funciones: conocimiento anual de la gestión social, de las distintas cuentas y del programa de actuación, inversiones y financiación.

Asimismo, será precisa la previa autorización del Gobierno de Aragón a sus representantes en el Consejo de Administración de la Sociedad para votar lo que proceda en los supuestos de aumento y reducción de capital, así como en la transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación de aquélla.

Artículo 9º.-Se faculta al Consejero de Industria, Comercio y Desarrollo, en su calidad de Presidente del Consejo de Dirección del IAF, o persona en quien delegue expresamente, la firma de la Escritura fundacional de la Sociedad y la realización de cuantas actuaciones sean necesarias para la constitución de la misma o de sus órganos sociales.

Artículo 10º.-Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», quedando supeditada su publicación al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73 del Texto...

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