DECRETO 25/1997, de 19 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Consejo de Relaciones Laborales de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 25/1997, de 19 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Consejo de Relaciones Laborales de Aragón.

La ejecución de la legislación estatal en materia laboral, prevista en el artículo 149.1.7 de la Constitución Española y el artículo 37.1.13 del Estatuto de Autonomía de Aragón, se hace efectiva en esta Comunidad Autónoma mediante el Real Decreto 572/1995, de 7 de abril.

Esta competencia ha de ejercerse de acuerdo con uno de los principios básicos de nuestro Ordenamiento Jurídico recogido en el artículo 9.3 de la Constitución y 6.2.a) del Estatuto de Autonomía, cual es el de fomentar la participación de los ciudadanos en la vida política y económica; participación que se ha de articular necesariamente, en el ámbito laboral, a través de los Sindicatos y Organizaciones Empresariales.

Por otro lado, el nuevo modelo de relaciones laborales que surge como consecuencia de las sucesivas reformas de la legislación laboral y de la propia actividad convencional de los agentes sociales y, consecuentemente, el cambio que se produce en el papel que ha de desempeñar la Administración Pública, aconsejan la creación de un órgano en donde confluyan tanto la Administración como los representantes de los trabajadores y de los empresarios.

El Acuerdo para el Desarrollo Económico y Social de Aragón 1996-1998, considera preciso la constitución de un foro de discusión, debate y propuesta que facilite el desenvolvimiento de las relaciones laborales, fomente la negociación como valor esencial y facilite la participación conjunta de Sindicatos, Organizaciones Empresariales y Administración Pública de la Comunidad Autónoma en el diseño y promoción de las competencias en materia laboral, así como el seguimiento de su ejecución.

Se constituye así el Consejo de Relaciones Laborales de Aragón como órgano institucional, tripartito y paritario, con funciones consultivas y de seguimiento de la actuación administrativa, así como elemento dinamizador del diálogo social.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 19 de marzo de 1997, DISPONGO Artículo 1.--Se crea el Consejo de Relaciones Laborales de Aragón, adscrito al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo como órgano de diálogo institucional entre Sindicatos y Organizaciones Empresariales y entre éstos y la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de política laboral y de...

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