DECRETO 222/2005, de 25 de octubre, del Gobierno de Aragón, aprobando el reglamento por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de familia, mujer y juventud.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALESY FAMILIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 222/2005, de 25 de octubre, del Gobierno de Aragón, aprobando el reglamento por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de familia, mujer y juventud.

En el desarrollo de las funciones que el Departamento de Servicios Sociales y Familia y sus Centros directivos tienen atribuidas, constituye un instrumento de gran relevancia la actividad de fomento y promoción que, en la actualidad, debe ser ejercida dentro del marco normativo dispuesto por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dictada al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13ª, 14ª y 18ª de la Constitución, con el carácter de legislación básica del Estado en un número importante de su articulado.

Es por ello que se hace preciso, en unos casos, adecuar las distintas normas que dentro del ámbito de actuación de este Departamento vienen haciendo esta función de bases reguladoras, y en otros, resulta obligado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 17.3 de la citada Ley General de Subvenciones, establecer ex novo dichas bases por carecer hasta la fecha de norma general a cuyo amparo dictar las correspondientes convocatorias de subvenciones.

Por otra parte, se juzga oportuno y conveniente reunir dichas bases reguladoras en una única norma que abarque la concesión de subvenciones en materia de Familia, Mujer y Juventud para lograr, con ello, un tratamiento uniforme de las cuestiones procedimentales remitiendo a las respectivas ordenes de convocatoria la regulación de las especialidades que las distingan. Quedan fuera del ámbito de este Decreto las subvenciones gestionadas por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales que por su mayor relevancia cualitativa y cuantitativa se considera que deben ser objeto de una regulación propia sin perjuicio de disponer, que en su defecto, será de aplicación supletoria las bases establecidas en el Decreto que ahora se promueve.

Desde un punto de vista competencial, los Decretos de 7 de julio de 2003 y de 22 de julio de 2003, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, atribuyen al Departamento de Servicios Sociales y Familia las competencias que esta Comunidad autónoma tiene asumidas en materia de Servicios Sociales, Juventud, Familia y de Igualdad entre hombres y mujeres, habiéndose desarrollado por el Decreto 252/2003, de 30 de septiembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba la estructura orgánica de dicho Departamento.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Servicios Sociales y Familia, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 25 de octubre de 2005,

DISPONGO:

Artículo Unico Aprobación del Reglamento

Se aprueba el Reglamento por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Familia, Mujer y Juventud que figura como anexo a este Decreto.

Disposición Adicional Primera.- Régimen jurídico

Las subvenciones a que se refiere el presente Decreto se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y disposiciones autonómicas concondantes.

Disposición Adicional Segunda.- Subvenciones del Instituto Aragonés de Servicios Sociales

El presente Decreto será de aplicación a la concesión de subvenciones gestionadas por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales hasta tanto se apruebe norma específica que las regule.

Disposición Derogatoria Unica.- Disposiciones que se derogan

Quedan derogadas las normas que seguidamente se relacionan en cuanto se opongan a lo establecido en el presente Decreto:

-Decreto 20/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, de ayudas para familias con hijos/as nacidos de partos múltiples o procedentes de adopciones múltiples.

-Decreto 227/2004, de 2 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de modificación parcial del Decreto 20/2004, de 27 de enero, de ayudas para familias con hijos/as nacidos de partos múltiples o procedentes de adopciones múltiples.

-Decreto 49/1998, de 24 de febrero, por el que se regula la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro por parte del Instituto Aragonés de la Mujer.

Disposición final Primera.- Habilitación de desarrollo

Se faculta a la Consejera de Servicios Sociales y Familia para dictar disposiciones que desarrollen el contenido de este Decreto así como para adoptar cuantas medidas sean precisas para su ejecución.

Disposición final Segunda.- Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

En Zaragoza, a 25 de octubre de 2005.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

La Consejera de Educación, Servicios Sociales

y Familia, ANA DE SALAS GIMENEZ DE AZCARATE

ANEXO REGLAMENTO POR EL QUE SE ESTABLECEN

LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD

Artículo 1 Objeto

Es objeto del presente Decreto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar actuaciones y proyectos en materia de Familia, Mujer y Juventud, dentro de los Programas previstos en el artículo 2 de esta norma.

Artículo 2 Programas subvencionados
  1. En materia de Familia se establece el Programa de apoyo a las familias con hijos e hijas nacidos de partos múltiples o procedentes...

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