ORDEN de 19 de octubre de 1998, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Alhama de Aragón (Zaragoza), para concertar un préstamo con el Banco Español de Crédito por un importe de 25.000.000 de pesetas, con destino a refinanciar préstamo suscrito con la misma...

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyOrden

ORDEN de 19 de octubre de 1998, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Alhama de Aragón (Zaragoza), para concertar un préstamo con el Banco Español de Crédito por un importe de 25.000.000 de pesetas, con destino a refinanciar préstamo suscrito con la misma entidad financiera.

Examinado el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Alhama de Aragón para concertar una operación de crédito. Resultando que dicho Ayuntamiento, en sesión del Pleno de la Corporación celebrada el día 1 de junio de 1998, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, adoptó el acuerdo de aprobar la contratación de un préstamo con el Banco Español de Crédito, por un importe de 25.000.000 pesetas, con destino a refinanciar préstamo suscrito con la misma Entidad financiera. El Presupuesto Municipal de 1998, en el que figura esta operación de crédito, fue expuesto al público en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Zaragoza, del día 10 de junio de 1998, sin que se presentase reclamación alguna, según consta en el expediente. Resultando que la cuantía de dicho préstamo rebasa el 5 por 100 de los recursos liquidados por operaciones corrientes de la última liquidación practicada de 1997 y que la carga financiera del Ayuntamiento de Alhama de Aragón, que se estima en 34.110.982 pesetas, según cálculo efectuado por dicho Ayuntamiento, es asumible con sus recursos por operaciones contentes del año 1998, que ascienden a 112.009.125 pesetas. Considerando que las Entidades Locales pueden concertar operaciones de crédito para refinanciar préstamos, conforme a lo previsto en el artículo 50.2.c) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, modificada por Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y que precisa autorización al rebasar la cuantía del préstamo el 5% de los recursos liquidados por operaciones corrientes deducidos de la última liquidación presupuestada practicada de 1997, aunque el hecho de que la carga financiera anual ascienda al 33,20 por 100 de los mismos, hace preciso por parte de dicha Corporación la imperiosa necesidad de poner en práctica medidas (incremento de ingresos, contención o reducción del gasto o refinanciación de la deuda en mejores condiciones financieras)...

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