ACUERDO de 1 de diciembre de 2014, de la Vicepresidencia de la Gerencia Municipal de Urbanismo, por la que se aprueban las bases para la cobertura definitiva de una plaza de arquitecto de administración especial, vacante en la plantilla de funcionarios de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Teruel.

SecciónII. Autoridades y Personal
Rango de LeyAcuerdo

Con fecha 1 de diciembre de 2014, el Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Teruel, ha dictado el Decreto 1247/2014, por el que se resuelve:

Primero.- Aprobar las Bases para la selección de una plaza de Arquitecto de Administración Especial, vacante en la plantilla de funcionarios de la Gerencia Municipal de Urbanismo, incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2004, tal y como figuran redactadas en el documento denominado "anexo" que obra en el expediente administrativo, que será objeto de diligencia.

Segundo.- Dar publicidad de la aprobación acordada en el Tablón de Anuncios de Personal del Ayuntamiento de Teruel y de la Gerencia Municipal de Urbanismo y en el Boletín Oficial de la Provincia, Sección "Boletín Oficial de Aragón", e, igualmente, ordenar la publicación del extracto de la modificación y de las propias Bases de Selección modificadas en el "Boletín Oficial del Estado".

Tercero.- Dar traslado del presente acuerdo al Sr. Gerente de Urbanismo, Sr. Presidente de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Teruel, Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo y Sr. Secretario General del Ayuntamiento de Teruel, a los efectos procedentes, adjuntando a los mismos un ejemplar de la Bases aprobadas debidamente diligenciadas

Se publica para general conocimiento, señalando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada ante la Alcaldía- Presidencia del Ayuntamiento de Teruel, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la presente publicación, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

Teruel, 5 de diciembre de 2014.

El Gerente de Urbanismo,

Antonio J. Marín Jimenez

ANEXO

I BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LLEVAR A CABO LA SELECCIÓN, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE, Y COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE TERUEL.

Primera.- Número, denominación y caracteristicas de la plaza convocada.

Es objeto de la presente convocatoria la selección, mediante oposición libre, y como funcionario de carrera, de una plaza vacante en la plantilla de funcionarios de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Teruel, incluida en la Oferta de Empleo Público de este organismo autónomo, correspondiente al año 2004. El número y características de la plaza que se convoca por oposición es el siguiente:

- Número de plazas: 1. Denominación: Arquitecto de Administración Especial. Grupo A subgrupo A1. sistema de provisión: Oposición libre.

Segunda.- Requisitos que deben cumplir los aspirantes.

Para ser admitidos a la convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al último día de plazo de presentación de instancias:

  1. Tener la nacionalidad española.

    También podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas:

    a.1) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

    a.2) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

    a.3) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

  2. Tener cumplidos 16 años de edad. y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

  3. Titulación: Estar en posesión del título correspondiente a la plaza o en condiciones de obtenerlo a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias. En el anexo correspondiente se harán las especificaciones oportunas.

  4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, acreditado mediante certificado médico expedido por facultativo colegiado.

  5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

    En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

  6. Los demás requisitos que señale en el anexo.

    Tercera.- Solicitudes: forma y plazo de presentación.

    En las instancias solicitando tomar parte en la referida oposición, los aspirantes deberán manifestar:

    - La plaza a la que optan.

    - Que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria referida siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

    - Que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa, de acuerdo con el Real Decreto 707/79, de 5 de abril.

    - Que aceptan en su totalidad y se someten a las bases que rigen la convocatoria.

    Se dirigirán al Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Teruel, presentándose en el Registro de Entrada de la Gerencia Municipal de Urbanismo o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

    Las Bases íntegras de la presente convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, como sección del "Boletín Oficial de Aragón", y en el Tablón de Anuncios de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

    A la instancia se acompañará:

    1. Fotocopia del D.N.I.

    2. Resguardo justificativo del pago de los derechos de examen y que deberá hacerse efectivo o por transferencia en la cuenta número 0182 6229 21 0201507000 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, o el resguardo del giro postal o telegráfico.

      3- Documento que acredite la Titulación exigida, de conformidad con lo establecido en la Base 2.ª c), mediante aportación de original o fotocopia debidamente compulsada.

      En el supuesto de que algún aspirante posea una discapacidad física que, en todo caso, no impida el desempeño de las correspondientes funciones de la plaza a la que opta y deseara solicitar la adaptación de tiempo y medios para la realización de alguno de los ejercicios de los que consta la prueba selectiva de que se trate, el aspirante deberá manifestarlo, por escrito, en la instancia en la que solicita formar parte de la prueba selectiva correspondiente, para lo cual, además, aportará:

      - Certificado expedido por el I.A.S.S. o Administración competente en otras Comunidades Autónomas, acreditativo de la minusvalía.

      - Informe emitido por el I.A.S.S. o Administración competente en otras Comunidades Autónomas, acreditativo de que la minusvalía que se padece no impide el normal desempeño de las correspondientes funciones de la plaza o plazas a las que se opta.

      - Informe emitido por el I.A.S.S. o Administración competente en otras Comunidades Autónomas, que determine la adaptación de tiempo y medios, en su caso, solicitado por el interesado o interesada.

      A la vista de lo anterior, y antes de tener inicio el primer ejercicio de la prueba selectiva, el Tribunal Calificador resolverá lo que estime pertinente.

      Cuarta.- Admisión de los aspirantes.

      Expirado el plazo de presentación de instancias, la Vicepresidencia de la Gerencia dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. La...

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