ORDEN de 27 de diciembre de 2000, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se aprueba el Programa de Actualización del Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyOrden

††† ORDEN de 27 de diciembre de 2000, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se aprueba el Programa de ActualizaciÛn del Plan de OrdenaciÛn de la GestiÛn de los Residuos SÛlidos Urbanos de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn.

††† El Plan de OrdenaciÛn de la GestiÛn de los Residuos SÛlidos Urbanos de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn fue aprobado por Decreto 72/1998, de 31 de marzo, del Gobierno de AragÛn.

††† El Plan establece unos principios b·sicos (la erradicaciÛn de los riesgos ambientales y sanitarios ocasionados por el vertido de residuos y la prevenciÛn en la generaciÛn y el aprovechamiento m·ximo de los recursos contenidos en los residuos), de acuerdo con la polÌtica de la UniÛn Europea y estatal en materia de residuos, que siguen siendo v·lidos para el perfeccionamiento e impulso en el futuro del desarrollo del mismo y establece las medidas necesarias para su cumplimiento asÌ como unos objetivos cuantitativos que van referidos a la reducciÛn en la generaciÛn de residuos y al reciclado de las fracciones de los residuos urbanos en un plazo de cuatro aÒos.

††† Para la consecuciÛn de los objetivos propuestos, el Plan seÒala un modelo de gestiÛn para cuya implantaciÛn se contemplan una serie de actuaciones e inversiones a realizar en el periodo 1998-2003.

††† El Plan es un instrumento de ordenaciÛn estratÈgica de las actuaciones pero con un marcado y necesario car·cter flexible en su implantaciÛn. La diversidad de realidades y la participaciÛn de los agentes implicados hace necesaria la aplicaciÛn variable del mismo, tanto en plazos como en soluciones concretas.

††† Si a ello aÒadimos la aprobaciÛn, con posterioridad al Plan, de la Ley 10/98, de 21 de abril, de Residuos que establece la obligaciÛn de los municipios de poblaciÛn superior a los 5000 habitantes de implantar sistemas de recogida selectiva antes del 1 de enero de 2001, y del Plan Nacional de Residuos Urbanos por Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de enero de 2000, asÌ como la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos, cuya aplicaciÛn supone un gran esfuerzo inversor en la adecuaciÛn de las instalaciones de eliminaciÛn por vertido, y otras disposiciones que colateralmente han afectado en la aplicaciÛn pr·ctica del Plan, como son la Ley 5/1999, de 25 de marzo, UrbanÌstica de AragÛn, la Ley 7/1999, de 9 de abril, de AdministraciÛn Local de AragÛn y el Reglamento CE 1264/1999, del Consejo, sobre los Fondos de CohesiÛn, se...

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