ORDEN de 26 de mayo 2010, de la Consejera del Departamento de Salud y Consumo, por la que se actualiza la clasificación de las zonas de salud de la Comunidad Autónoma de Aragón a efectos de planificación farmacéutica.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO
Rango de LeyOrden

La Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica para Aragón, establece, en su artículo 13, la clasificación de las zonas de salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, a los efectos de la planificación farmacéutica, en urbanas y no urbanas. Las zonas de salud urbanas son aquellas que concentran en uno de sus municipios, al menos, el 80% de la población de dicha zona y las no urbanas son todas aquellas que no cumplen esa condición.

El Decreto 197/2009, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica, en materia de oficinas de farmacia y botiquines, en el punto 1 de su artículo 3 clasifica las zonas de salud en urbana y no urbanas y en el punto 2 de este mismo artículo dispone que la relación de zonas de salud urbanas y no urbanas será actualizada de conformidad con las variaciones que puedan introducirse en el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma y teniendo en cuenta las variaciones de población en cada una de las zonas; la actualización deberá hacerse de forma periódica y en todo caso, con antelación a la convocatoria pública establecida en el artículo 24 de la Ley 4/1999, de 25 de marzo, para la apertura de nuevas Oficinas de Farmacia.

En el artículo 4 del Decreto 197/2009 establece que a efectos de la planificación farmacéutica podrán unirse dos o más zonas de salud contiguas.

La Orden de 15 de junio de 2007, del Departamento de Salud y Consumo («Boletín Oficial de Aragón» nº 97, de 17 de agosto de 2007) supuso la última actualización, a los efectos de planificación farmacéutica, de la clasificación de las zonas de salud dada anteriormente por Orden de 26 de enero de 2004 del Departamento de Salud y Consumo.

Por su parte, la Orden de 13 de mayo de 1997, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo («Boletín Oficial de Aragón» nº 56 de 19 de mayo de 1997), dispone la publicación del listado correspondiente a los Centros de Salud clasificados como Urbanos en la Comunidad Autónoma de Aragón a efectos de planificación sanitaria, de conformidad con lo establecido en el Decreto 59/1997, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria en la...

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