DECRETO 196/1998, de 9 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la actividad de Guía de Turismo en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FOMENTO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 196/1998, de 9 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la actividad de Guía de Turismo en la Comunidad Autónoma de Aragón.

La actividad de Guía de Turismo se hallaba regulada por la Orden de 31 de enero de 1964, mediante la que se aprobó el reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas, reglamento que ha estado en vigor hasta el 13 de diciembre de 1995 inclusive en que fue derogado por la Orden del Ministerio de Comercio y Turismo de 1 de diciembre de 1995, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de fecha 13 del mismo mes y año. La nueva regulación de la actividad de los Guías de Turismo, objeto del presente Decreto, viene determinada por la necesidad de adaptarla al Derecho comunitario, como consecuencia de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de marzo de 1994, recaída en el proceso seguido contra el Reino de España por incumplimiento de los principios de libre prestación de servicios en materia de Guías de Turismo. Como consecuencia de todo ello, en estos momentos se ha producido un vacío legal, por lo que es conveniente y necesario regular la actividad de Guía de Turismo, al objeto de que las personas que se dedican a la misma, lo hagan en un marco jurídico adecuado. Visto el artículo 35.1.37 del Estatuto de Autonomía de Aragón (Texto reformado por la Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre) que establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de promoción y ordenación del turismo en el ámbito territorial de Aragón. En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento y, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el día 9 de diciembre de 1998, DISPONGO: CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto y ámbito territorial de aplicación. El presente Decreto tiene por objeto la regulación de la actividad de Guía de Turismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 2. Definición de la actividad de Guía de Turismo La actividad de Guía de Turismo tiene por objeto la prestación de manera habitual y retribuida, de los servicios de información, acompañamiento y asistencia, en materia cultural, artística, histórica y geográfica, a los turistas en sus visitas a los lugares comprendidos en los siguientes apartados: a) Museos.

b) Bienes de interés cultural calificados como tales por la Administración Pública competente e...

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