DECRETO 151/2004, de 8 de junio, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 29/2004, de 10 de febrero de 2004, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 151/2004, de 8 de junio, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 29/2004, de 10 de febrero de 2004, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

El Decreto 29/2004, de 10 de febrero de 2004, del Gobierno de Aragón aprobó la actual estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Se considera conveniente introducir modificaciones en el mismo que vengan a aclarar algunas incertidumbres que su redacción suscita sobre la distribución de competencias entre los distintos órganos del Departamento.

En tal sentido, se modifica la denominación de determinados servicios y se precisan algunas de las funciones atribuidas a los mismos, mejorando la claridad en la organización, de forma que se asegure el servicio efectivo y el acercamiento de la Administración a los ciudadanos.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y a propuesta conjunta del Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 8 de junio de 2004, DISPONGO:

Artículo único.-Modificación del Decreto 29/2004, de 10 de febrero de 2004, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

1. Se da nueva redacción al apartado 1 del artículo 3, que quedará redactado en los siguientes términos:

«1. Para el ejercicio de sus competencias, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte se estructura en los siguientes órganos directivos:

a) Viceconsejero de Educación, Cultura y Deporte.

b) Secretaría General Técnica.

c) Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

d) Dirección General de Administración Educativa.

e) Dirección General de Gestión de Personal.

f) Dirección General de Política Educativa.

g) Dirección General de Cultura.

h) Dirección General de Patrimonio Cultural.

i) Dirección General del Deporte.» 2. Se da nueva redacción al apartado 2.c) del artículo 12, que quedará redactado en los siguientes términos:

«c). Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial» 3. Se da nueva redacción al artículo 15, que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 15.-Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial.

El Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial desempeñará las funciones relativas a la ordenación e...

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