DECRETO 291/2001, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la empresa 'Aramón, Montañas de Aragón, S. A.'.

EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA HACIENDA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 291/2001, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la empresa "Aramón, Montañas de Aragón, S. A.".

La Diputación General de Aragón, el Instituto Aragonés de Fomento y la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja vienen realizando desde hace ya varias décadas acciones de promoción y desarrollo en el sector turístico de la nieve en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante la participación en el capital social de sociedades explotadoras del dominio esquiable en Aragón.

Dichas entidades desean colaborar, coordinando sus recursos y esfuerzos en un proyecto que permita obtener mejoras en la explotación del dominio esquiable aragonés, contribuyendo tanto a la potenciación del sector turístico de la nieve en nuestra Comunidad Autónoma como al crecimiento sostenido de sus zonas de influencia, que se materializará mediante la constitución de una Sociedad Anónima.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, el artículo 73 del Decreto legislativo 2/2000, de 29 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, y el Capítulo IV del Título VI del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía, Hacienda y Empleo, de Cultura y Turismo y de Industria, Comercio y Desarrollo, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 6 de noviembre de 2001, DISPONGO:

Artículo 1. Constitución y objeto.

1. Se aprueba la creación de la empresa " Aramón, Montañas de Aragón, S. A.", bajo la forma jurídica de Sociedad Anónima, como empresa participada por la Diputación General de Aragón y medio propio instrumental para la realización de actuaciones en el ámbito del sector turístico de la nieve en Aragón.

2. Constituye el objeto de la sociedad la promoción y desarrollo del sector turístico de la nieve en la Comunidad Autónoma de Aragón, dirigiendo sus actividades principalmente a: a) La construcción, instalación, ampliación y explotación comercial y turística de estaciones de esquí y cuantos accesorios y elementos entren en las mismas.

b) La ampliación, construcción, modernización, transformación de inmuebles dedicados o los que vayan a dedicarse a la explotación de una actividad hotelera y de otra cualquiera que tenga la finalidad de prestación de alojamiento turístico.

c) El estudio, información, fomento y promoción de la construcción de hoteles y alojamientos turísticos y todas las actividades comerciales e industriales relacionadas con el desarrollo y servicio de la actividad turística.

d) El desarrollo de actividades hosteleras en lugares de interés turístico.

e) Cualquiera otra construcción complementaria que, sin estar comprendida en los apartados anteriores, pueda considerarse necesaria o de repercusión en actividades puramente turísticas.

f) La instalación de mobiliario en los establecimientos antes referidos.

g) La construcción de poblados de vacaciones alojamientos fijos o desmontables y campamentos turísticos.

h) Instar la declaración de centros o zonas turísticas, con arreglo a la legislación aplicable en la materia.

i) Patrocinio de eventos deportivos así como promoción y apoyo de actividades colaterales al esquí.

j) Tenencia y administración de valores mobiliarios.

k) Participación en agrupaciones de interés común con otras entidades o con instituciones que tengan relación directa o indirecta con el esquí, el deporte, el ocio y el turismo en general.

l) Cualesquiera otro relacionado con los anteriores o que sea medio para conseguirlos. Estos objetivos y los planes e instalaciones, de la Sociedad, serán objeto de adecuación en todo caso a las normas que rijan el centro o zona turística en que se encuentren enclavadas.

m) Mediante acuerdo del Consejo de Administración, la Sociedad podrá interesarse en otras empresas por vía de suscripción, intervención, arrendamientos, participación o cualquier otra forma y admitir participaciones en otras sociedades, empresas o particulares.

n) Todas las actividades integrantes del objeto social podrán ser realizadas por la sociedad bien directamente, bien indirectamente, bien a través de franquicias o bien mediante cualquier otra fórmula permitida en derecho.

3. La Sociedad, para el ejercicio de las actividades que integran su objeto social, podrá firmar convenios y acuerdos con las Administraciones Públicas y particulares, obtener y gestionar la financiación precisa y, asimismo, suscribir, administrar y transmitir acciones y participaciones de otras Sociedades Mercantiles.

4. La empresa a constituir quedará adscrita al Departamento que ostente las competencias en materia de Turismo.

Artículo 2. Régimen jurídico.

La empresa "Aramón, Montañas de Aragón, S. A." se regirá por sus Estatutos Sociales, así como por la normativa de general aplicación a las empresas de la Comunidad Autónoma y por el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por el real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.

Los Estatutos de la Sociedad se aprueban a través del presente Decreto y se acompañan como anexo al mismo.

Artículo 3. Duración.

La empresa "Aramón, Montañas de Aragón, S. A." se constituirá por plazo indefinido y dará comienzo el día en que se otorgue la escritura pública de constitución de sociedad Anónima.

Artículo 4. Capital social.

El capital social se fija en la cuantía de 1.202.024 euros (199.999.965 pesetas), representado por 1.202.024 acciones de la misma clase, numeradas correlativamente del 1 al 1.202.024, ambos inclusive, de 1 euro de valor nominal cada una.

La suscripción de las acciones en el momento de la constitución se efectuará con arreglo al siguiente detalle: --La Diputación General de Aragón suscribirá 180.304 acciones, representativas del 15% del capital social de la entidad, mediante aportación dineraria.

--El Instituto Aragonés de Fomento suscribirá 420.708 acciones, representativas del 35% del capital social de la entidad mediante aportación dineraria.

--Ibercaja suscribirá 601.012 acciones, representativas del 50% del capital social de la entidad mediante aportación dineraria.

En el plazo máximo de ocho meses desde la constitución de la sociedad, las partes se comprometen a aportar la totalidad de las acciones que ostentan en las siguientes mercantiles explotadoras del dominio esquiable aragonés: Fomento y Desarrollo del Valle de Benasque, S. A., Formigal, S. A., Panticosa Turística, S. A. y Nieve de Teruel, S. A.

La valoración de las aportaciones no dinerarias será efectuada por expertos designados por el Registrador Mercantil.

Artículo 5.--Organización y funcionamiento.

1. La sociedad estará gobernada por la Junta General de...

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