DECRETO 60/1994, de 6 de abril, de la Diputación General de Aragón, sobre Fomento del Empleo.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 60/1994, de 6 de abril, de la Diputación General de Aragón, sobre Fomento del Empleo. A la Comunidad Autónoma en virtud del artículo 35.1.14 del Estatuto de Autonomía, le corresponde la competencia exclusiva sobre la planificaci ón y el fomento de la actividad y el desarrollo económico, dentro de los objeti vos marcados por la política económica nacional. Por otro lado, se encomien da a los poderes públicos aragoneses impulsar la política tendente a la mejo ra y equiparación de las condiciones de vida y trabajo de los aragoneses, promoviendo además la corrección de desequilibrios económicos, sociales y culturales entre los distintos territorios de Aragón, según dispone el artículo 6.2 del Estatuto de Autonomía. La Diputación General de Aragón, dentro de su actividad de Fomento del Empleo, pretende incentivar la generación del empleo estable y el acceso al mer cado de trabajo de los colectivos más desfavorecidos, a través del establecimie nto de programas de ayudas a pequeñas y medianas empresas incluidas las empres as de economía social y a la creación de actividades autónomas. El Departamento de Economía y Hacienda se ha dirigido a las asociacione s empresariales y sindicatos de trabajadores tal como dispone el artículo 58 de la Ley 3/93, de modificación de la Ley 3/84 del Presidente, de la Diput ación General y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Las actuaciones contempladas en esta disposición normativa se encuadran dentro de los principios y programas desarrollados por el Fondo Social Europeo . Con carácter general, la concesión de subvenciones se efectuará con arr eglo a los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad. Por cuanto antecede, a propuesta del consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación de la Diputación General en su reunión celebrada el día 6 de abril de 1994, DISPONGO: CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Sección Primera: Objeto y ámbito de aplicación de la norma. Artículo 1.--Las normas contenidas en el presente Decreto constituyen e l régimen jurídico aplicable a las subvenciones por fomento del empleo, e n el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón. Anualmente el Departamento de Economía y Hacienda publicará la convocat oria o convocatorias de ayudas por la creación de puestos de trabajo con sujec ión a las limitaciones de los créditos presupuestarios de cada ejercicio dest inados al efecto. Artículo 2.--1. El conjunto de actuaciones contempladas en el presente Decreto, se encuadran dentro de los principios y programas desarrollado s por el F.S.E. y para aquéllas acciones que se dirijan exclusivamente a la l ucha contra el paro de larga duración y a la inserción social de jóvenes en desempleo. 2. La concesión de las subvenciones reguladas en el presente Decreto se rán incompatibles con otras ayudas otorgadas por organismos o instituciones públicas por el mismo concepto de fomento del empleo y/o aquéllas en qu e participe el Fondo Social Europeo. Sección Segunda: Sujetos beneficiarios de la subvención. Artículo 3.--Podrán solicitar las subvenciones reguladas en el presente Decreto las personas físicas o jurídicas, y en especial las...

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