DECRETO 110/2012, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban medidas de fomento del empleo estable y de calidad.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyDecreto

La Constitución Española dispone en su artículo 41 que los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, su Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece en su artículo 26 que los poderes públicos de Aragón promoverán el pleno empleo de calidad en condiciones de seguridad; la prevención de los riesgos laborales; la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo; la formación y promoción profesionales, y la conciliación de la vida familiar y laboral.

Por su parte, en relación con el reparto de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, el artículo 71. 32ª atribuye a Aragón la competencia exclusiva sobre la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los principios de equilibrio territorial y de sostenibilidad. Asimismo, el artículo 77.2ª atribuye a nuestra Comunidad Autónoma competencias de ejecución sobre trabajo y relaciones laborales, incluyendo las políticas activas de ocupación, la intermediación laboral, así como la prevención de riesgos laborales y la seguridad y salud en el trabajo.

Igualmente, el artículo 79 del Estatuto de Autonomía establece para la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.

Por otro lado, la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, dispone en su artículo 3 que las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos territoriales, establecerán sus programas de empleo de acuerdo con las obligaciones determinadas por la Estrategia Europea del Empleo. Dicha ley, en su artículo 25, procede a identificar, dentro de las políticas activas de empleo, el ámbito de las oportunidades de empleo y fomento de la contratación, para lo que identifica acciones y medidas que tengan por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo, ya sea con carácter general o dirigidas a sectores o colectivos específicos. En dicho artículo, se dispone igualmente que las acciones y medidas correspondientes a los diferentes ámbitos se diseñaran y desarrollarán por las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias.

La Estrategia Española de Empleo 2012-2014, aprobada mediante Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre, recoge entre los ámbitos de las políticas activas de empleo, el del fomento de la contratación. Dentro de este ámbito, este documento estratégico recoge una serie de medidas y acciones a aplicar en el ámbito competencial de las Comunidades Autónomas y que han de ser referentes en el diseño de las políticas activas de empleo tales como el estímulo de la contratación indefinida de los colectivos con mayores dificultades de inserción laboral, mejorando las políticas de incentivos y estableciendo requisitos más adecuados con la situación del mercado de trabajo, el fomento de acciones de contratación como garantía de rentas, que reduzcan los riesgos de exclusión social de colectivos en situación prolongada de desempleo y las actuaciones en favor del empleo en actividades económicas emergentes y con potencial de generación de empleo.

Dentro del nuevo período de programación europea 2007/2013, la Comunidad Autónoma de Aragón queda incluida en el Objetivo de "Competitividad Regional y Empleo". Dicho objetivo persigue incrementar la competitividad y el atractivo de las regiones, así como su nivel de empleo. Con este objetivo, el Fondo Social Europeo quiere contribuir al refuerzo de la cohesión económica y social, mejorando el empleo y las oportunidades de trabajo, favoreciendo un alto nivel de empleo y la creación de más y mejores puestos de trabajo. Igualmente, persigue el apoyo de las políticas de los Estados miembros destinadas a alcanzar el pleno empleo y la calidad y la productividad en el trabajo, a promover la inclusión social, en particular, el acceso de las personas desfavorecidas al empleo, y a reducir las disparidades nacionales, regionales y locales en materia de empleo.

En este marco de actuación, el Programa Operativo de Aragón aprobado por Decisión C/2007/6707, de 17 de diciembre de 2007, contempla en el Eje 1 el impulso a la estabilidad en el empleo y el fomento de la empleabilidad, financiando acciones para mejorar la de aquellos grupos de población que encuentran mayores problemas de incorporación al mercado de trabajo. Por ello, varias de las subvenciones recogidas en esta norma cuentan con el apoyo de la Unión Europea por medio de su cofinanciación por el Fondo Social Europeo.

Asimismo, las ayudas recogidas en este decreto se someten al régimen de minimis en los términos establecidos en el Reglamento (CE) nº 1998/2006, de 15 de diciembre de 2006 (D.O.U.E. 28/12/2006) y, por tanto, quedan excluidas del procedimiento de notificación del artículo 88, apartado 3, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (actual artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea). En virtud del citado régimen, la ayuda total de minimis concedida a una empresa determinada no podrá ser superior a 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, o a 100.000 euros en el supuesto de ayudas concedidas a una empresa que opere en el sector del transporte por carretera.

La crisis económica que atraviesa España desde 2008 ha provocado una progresiva destrucción de empleo que ha dejado en nuestra Comunidad Autónoma una tasa de paro del 16,84% según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) correspondientes al 4º trimestre de 2011. Según dicha encuesta, el paro en Aragón afecta a 109.400 personas, manifestándose más intensamente en ciertos colectivos, especialmente los jóvenes cuya tasa de paro, en los menores de 25 años, alcanza el 35,62%.

Por otro lado, si bien la crisis ha disparado el número de desempleados en ambos sexos, la tasa de actividad sigue siendo muy diferente si se atiende a esta variable: el 4º trimestre de la EPA presentaba una tasa de actividad en los varones del 65,57%, frente a tan solo un 51,81% en el caso de las mujeres. Estas circunstancias, la gravedad de la situación económica y la destrucción de empleo componen un escenario que ha de tenerse presente a la hora de fijar las líneas de fomento del empleo dentro la política económica y social del Gobierno de Aragón en la presente legislatura.

La atención al grave problema del desempleo juvenil, al desempleo de larga duración, a las especiales dificultades de acceso al empleo de las personas con discapacidad o a la excesiva temporalidad de los contratos laborales, son algunos aspectos que requieren la concentración de esfuerzos a la hora de planificar políticas de empleo. Y en esta dirección, el Gobierno de Aragón, las organizaciones empresariales CREA y CEPYME Aragón y los sindicatos UGT Aragón y Comisiones Obreras de Aragón suscribieron el pasado 7 de marzo de 2012 el Acuerdo Social para la Competitividad y el Empleo de Aragón que, para el período 2012-2015 determina, entre otras cuestiones, las directrices a seguir en política de promoción de empleo.

Por todo lo expuesto, el presente decreto incluye...

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