Decreto de creación del Observatorio Aragonés de Familia. (Decreto 31/2004, de 10 de febrero)

Publicado enBOA
Ámbito TerritorialNormativa de Aragón
RangoDecreto

La Familia, en sus numerosas formas, es la unidad básica de la sociedad, en la que se transmiten los valores de una comunidad y se trenzan los vínculos afectivos y de solidaridad intergeneracional, estando considerada como el núcleo social que incide en mayor medida en el desarrollo integral de las personas y en la evolución posterior que van experimentando cada uno de sus miembros. La familia es también un factor esencial de cohesión social.

Ya el artículo 16.3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada el 10 de diciembre de 1948, afirma que «la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado». Igualmente, la Constitución española de 1978, dentro del capítulo relativo a los principios rectores de la política social y económica, establece en su artículo39 que «los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia». Asimismo, tanto la Unión Europea como el Consejo de Europa han aprobado numerosas resoluciones y recomendaciones a favor de políticas de apoyo y atención a las familias. Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Aragón proclama en el artículo 6.2.a) que corresponde a los poderes públicos aragoneses «promover las condiciones adecuadas para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud, y facilitar la participación de todos los aragoneses en la vida política, económica, cultural y social».

En Aragón, recientemente, se ha creado el Departamento de Servicios Sociales y Familia y, dentro de él, la Dirección General de Familia, responsable de planificar, ejecutar y gestionar las políticas de apoyo a las familias que determine el Gobierno de Aragón, debiendo garantizar el desarrollo coordinado e integral de las políticas de atención y protección a la familia, su potenciación y su impulso efectivo. Entre sus cometidos más inmediatos, se encuentra el de promover la elaboración y aprobación del Plan integral de apoyo a las familias de Aragón, que ha de servir de marco general de actuación del Gobierno de Aragón en todas aquellas políticas sectoriales que inciden en las familias.

En este sentido se contempla la creación del Observatorio Aragonés de Familia, como órgano colegiado de carácter consultivo y de impulso al desarrollo de las políticas de apoyo a las familias del Gobierno de Aragón, adscrito al Departamento competente en materia de Familia.

El Observatorio Aragonés de Familia nace con los objetivos principales de conocer en profundidad la situación de las familias aragonesas, asesorar sobre las políticas de apoyo a las familias, promover mejoras sociales, económicas y legislativas y estimular la investigación y el estudio sobre la realidad de las familias en Aragón. En la configuración de la composición del Observatorio Aragonés de Familia se pretende dar cabida tanto a las áreas de la Administración de la Comunidad Autónoma más directamente relacionadascon la Familia como a aquellas entidades de la sociedad civil aragonesa implicadas activamente en el apoyo y atención a las familias.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Servicios Sociales y Familia, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 10 de febrero de 2004, DISPONGO:

ARTÍCULO 1 Creación.

Se crea el Observatorio Aragonés de Familia con las funciones, composición y régimen jurídico que se regulan mediante este Decreto.

ARTÍCULO 2 Naturaleza.
  1. El Observatorio Aragonés de Familia se configura como un...

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