ORDEN de 1 de septiembre de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se declaran los restos del Palacio Barroco inconcluso de Used (Zaragoza), como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece que los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés se clasifican en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados. Igualmente señala que aquellos bienes que, pese a su significación e importancia, no cumplan las condiciones propias de los Bienes de Interés Cultural, se denominarán Bienes Catalogados y serán incluidos en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés.

Los restos del Palacio Barroco inconcluso de Used (Zaragoza) merecen tener la condición de Bien Catalogado como palacio barroco aragonés realizado en piedra sillar y como testimonio del esplendor de antiguo Camino Real de Madrid a Barcelona a su paso por Aragón.

Por Resolución, de 25 de marzo de 2014, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, se incoó procedimiento y se abrió un periodo de información pública para la declaración de los restos del Palacio Barroco inconcluso de Used (Zaragoza), como Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés Dicha Resolución fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 71, de 9 de abril de 2014.

El expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, notificándose las actuaciones a los interesados y acordándose la apertura de un periodo de información pública en el que se presentaron alegaciones, que han sido contestadas en tiempo y forma. Igualmente se abrió un trámite de audiencia a los interesados en el que no se presentaron alegaciones.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta del Director General de Patrimonio Cultural, la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelve:

Primero.- Objeto.

Es objeto de la presente orden declarar Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés los restos del Palacio Barroco inconcluso de Used (Zaragoza), de conformidad con la descripción, medidas de tutela y delimitación del bien y de su entorno de protección que se publican en los...

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