DECRETO 78/2002, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se transfieren funciones y traspasan servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a la Comarca del Aranda.

BOA. Boletín Oficial de Aragón núm. 26, 1 de Marzo de 2002I. Disposiciones Generales › DEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

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DECRETO 78/2002, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se transfieren funciones y traspasan servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a la Comarca del Aranda.

    DECRETO 78/2002, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se transfieren funciones y traspasan servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a la Comarca del Aranda.

    La organización territorial de Aragón, de acuerdo con el artículo 5º de su Estatuto de Autonomía, se estructura en Municipios y Provincias, así como en las Comarcas que se constituyan.

    Para dar cumplimiento a ese principio organizativo, se promulgó la Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de Comarcalización de Aragón, que constituye el primer paso normativo en esta cuestión. Posteriormente la actuación normativa se ha continuado por la Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de Delimitación Comarcal de Aragón. En ejecución de lo indicado por estas normas se procedió por la Ley 9/2000, de 27 de diciembre, a la creación de la Comarca del Aranda.

    De conformidad con la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 9/2000 de creación de la Comarca del Aranda, se reguló mediante el Decreto 53/2001 la Comisión Mixta de transferencias entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comarca del Aranda, quedando constituida con fecha de 16 de julio de 2001.

    Posteriormente, la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización posibilita que las Comarcas puedan ejercer, entre otras, competencias en su territorio en las materias de: Acción Social, Cultura, Patrimonio Cultural y Tradiciones Populares, Deporte y Juventud, promoción del Turismo, Servicios de recogida y tratamiento de residuos urbanos, Protección Civil y prevención y extinción de incendios, especificando en su articulado las funciones y competencias concretas que, dentro de esas materias, corresponden a las Comarcas.

    Por último, la Comisión Mixta de transferencias entre la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comarca del Aranda, adoptó en su reunión del día 26 de febrero de 2002 el oportuno Acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno de Aragón mediante Decreto, en aplicación del artículo 26.3 de la Ley de Medidas de Comarcalización.

    En virtud de lo establecido en las normas citadas y en el marco de lo previsto por el art. 99 en sus apartados 2 y 3 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, previa aceptación del Consejo Comarcal del Aranda en su reunión de fecha 4 de febrero de 2002 y en aplicación del artículo 9 de la Ley 10/1993 de Comarca...

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