ORDEN de 27 de agosto de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas de material curricular para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de 9 de mayo de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 94, de 16 de mayo de 2014, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de política educativa y educación permanente. Asimismo, mediante Orden de 6 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 10 de junio de 2014, se convocan ayudas para sufragar los gastos de material curricular del alumno escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015.

De conformidad con lo dispuesto en las bases reguladoras, examinada la propuesta elaborada por la Comisión de valoración prevista en el apartado décimo de la convocatoria, con fecha 11 de julio de 2014 la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte publica la resolución provisional de concesión de ayudas para sufragar los gastos de material curricular del alumno escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015. El contenido del listado provisional incluye las solicitudes concedidas con la puntuación obtenida por cada uno de los criterios y las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión. Asimismo, se estableció un plazo de 10 días hábiles, desde el día 12 de julio de 2014 hasta el día 23 de julio de 2014, para formular alegaciones y reclamaciones, así como subsanar los defectos observados mediante la aportación de la documentación que corresponda.

Finalizado el plazo para la presentación de reclamaciones, una vez examinadas las reclamaciones presentadas, la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente ha elevado la correspondiente propuesta de resolución definitiva con indicación de la concesión o denegación de las ayudas, la cuantía que corresponde a los beneficiarios, valoración y causas de exclusión.

En aplicación del régimen jurídico dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, las solicitudes presentadas se relacionan por el código identificador generado por la aplicación informática correspondiente en el centro educativo donde se presentó la solicitud, código que figura en la solicitud presentada por los solicitantes.

En su...

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