ORDEN de 27 de agosto de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas de comedor para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de 9 de mayo de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 94, de 16 de mayo de 2014, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de política educativa y educación permanente. Asimismo, mediante Orden de 6 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 10 de junio de 2014, se convocan ayudas para sufragar los gastos de comedor del alumno escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015.

De conformidad con lo dispuesto en las bases reguladoras, examinada la propuesta elaborada por la Comisión de valoración prevista en el apartado décimo de la convocatoria, con fecha 11 de julio de 2014 la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte publica la resolución provisional de concesión de ayudas para sufragar los gastos de comedor del alumno escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015. El contenido del listado provisional incluye las solicitudes concedidas con la puntuación obtenida por cada uno de los criterios; las solicitudes que, cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, no se conceden por haberse agotado el crédito previsto en la convocatoria y las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión. Asimismo, se establece un plazo de 10 días hábiles, desde el día 12 de julio de 2014 hasta el día 23 de julio de 2014, para formular alegaciones y reclamaciones, así como subsanar los defectos observados mediante la aportación de la documentación que corresponda.

A la vista del elevado número de solicitudes que, cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, no se conceden por haberse agotado el crédito previsto en la convocatoria, y teniendo la consideración de créditos ampliables de conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la Orden de 6 de junio de 2014, mediante Orden de 5 de agosto de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se amplia el crédito presupuestario establecido en la convocatoria un millón quinientos mil euros (1.500.000), que se ejecutarán con cargo a la partida 18050/G/4231/480354/91002 de los Presupuestos de la Comunidad...

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