RESOLUCIÓN de 9 de febrero 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se establece el procedimiento para la integración de personal de la Gerencia de Urgencias y Emergencias de Atención Primaria (061 Aragón) y de los Servicios de Urgencia de Atención Primaria (SUAP) en las plazas convocadas de los Equipos de Atención Primaria del Servicio Aragonés de Salud.

SecciónII. Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

La Disposición Transitoria Cuarta del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud establece un turno de integración de personal de la Gerencia de Urgencias y Emergencias de Atención Primaria (061 Aragón) y de los Servicios de Urgencia de Atención Primaria (SUAP) que hayan cumplido los 55 años de edad o cuenten con veinte años, al menos, de ejercicio profesional en los citados dispositivos asistenciales en Equipos de Atención Primaria, a realizar con carácter previo a la convocatoria de procedimientos de movilidad voluntaria para Médicos de Familia de Atención Primaria,

Para dar cumplimiento al citado precepto, esta Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 25 del Decreto 23/2016, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud, así como en el artículo 13 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Convocar el procedimiento de integración para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Médico de Familia de Atención Primaria en el Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad de Aragón, con sujeción a las siguientes:

Bases de la Convocatoria

Primera.- Objeto

1.1. El objeto de la presente convocatoria es hacer efectiva la opción de integración voluntaria del personal facultativo médico con plaza fija en la Gerencia de Urgencias del Servicio Aragonés de Salud en la categoría de médico de Familia de Atención Primaria, prevista en la Disposición Transitoria Cuarta del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, para las plazas que se detallan en el anexo II de la presente convocatoria.

1.2. Las plazas que no resulten adjudicadas en este procedimiento de integración de personal de la Gerencia de Urgencias de Atención Primaria (061 Aragón) y de los Servicios de Urgencia de Atención Primaria (SUAP) se acumularán a las plazas ofertadas en el proceso de movilidad voluntaria de la categoría Médico de Familia de Atención Primaria convocado por resolución de esta misma fecha, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

1.3.La integración voluntaria en la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria supondrá la simultánea desvinculación del profesional en la categoría de Médico de Urgencias de Atención Primaria en Centros Sanitarios del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segunda.-...

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