RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2018, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se determina la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala de Auxiliares Facultativos, Auxiliares de Educación Especial.

SecciónII. Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 109/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, la Oferta de Empleo Público de 2016, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 149, de 3 de agosto de 2016), y en el Decreto 200/2017, de 11 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2017 en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 239, de 15 de diciembre de 2017), y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, por Resoluciones de 5 de septiembre de 2017 y 9 de enero de 2018, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala de Auxiliares Facultativos, Auxiliares de Educación Especial.

La base 5.1 de la convocatoria se remitía al anexo I para la determinación de la composición del Tribunal calificador, y en dicho anexo se indicaba que la composición se determinaría en el momento de publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos. Por tanto, y en uso de las atribuciones previstas en el artículo 9.1 e) del Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, procede especificar ahora la composición del Tribunal, que figura como anexo a esta resolución.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los...

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