RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 30 de julio de 2007, por la que se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de producción con capacidad para 820 cerdas reproductoras, 2 verracos y 118 cerdas de reposición (233 UGM), situada en el polígono 15, parcela 64, del término municipal de Tauste (Zaragoza), y promovida por Tejavica, S.L. (Número de Expediente INAGA/500202/02/2018/2870).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyResolución

El 11 de febrero de 2016, la sociedad Tejavica, S.L., con CIF: B50918416, solicita la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada de su explotación, con código REGA ES502520000154, por incorporación de un sistema de recogida de los cadáveres producidos en ella mediante contenedores de hidrólisis.

Antecedentes de hecho

La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 30 de julio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 99, de 22 de agosto de 2007 (Expte. INAGA 500301/02/2006/10582).

Mediante Resolución de 11 de septiembre de 2012, de este Instituto, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por adaptación a la normativa de bienestar animal incrementando la nave de gestación en 18,20 x 24,74 m (Expte. INAGA 500301/02/2012/08624).

Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Expte. INAGA500601/02/2013/10474).

Mediante Resolución de 22 de diciembre de 2016, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 12, de 19 de enero de 2017, se modifica puntualmente la resolución de autorización ambiental integrada, incorporando cambios en el sistema de calefacción (Expte. INAGA 500601/02/2016/01198).

La modificación propuesta consiste en la incorporación de un sistema de recogida de los cadáveres producidos en la explotación, para lo cual se dispondrá de contenedores estancos de poliéster reforzado con fibra de vidrio en los que se producirán fenómenos espontáneos de auto hidrólisis. El material hidrolizado será transportado a través de empresa autorizada para el transporte de Sandach II y III hasta la empresa gestora final.

La modificación realizada se considera no sustancial por no crear una mayor incidencia sobre la seguridad, la salud de las personas y el medio ambiente, ni conllevar aumento de capacidad, por lo que se procede a la modificación puntual de la autorización ambiental integrada para su adecuación a la realidad de la explotación de acuerdo al artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR