RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2014, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el Plan General de Actuación de la Inspección de Educación para el curso 2014/2015.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyResolución

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, señala en su artículo 148, punto 2, que les corresponde a las Administraciones públicas competentes ordenar, regular y ejercer la Inspección Educativa dentro del respectivo ámbito territorial y encomienda a la Inspección Educativa las funciones recogidas en el título VII, capítulo II.

El Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, establece en el punto 3 de su artículo 4, que: dependiendo del Secretario General Técnico existirá un Director de la Inspección Educativa que ejercerá las funciones de coordinación de las Inspecciones de Educación Provinciales, elaborará el Plan general de actuación de la Inspección educativa, llevará a cabo el seguimiento del mismo, coordinará la elaboración de informes sobre actuaciones prioritarias o específicas del Plan general de actuación y formulará criterios y directrices pedagógicas respecto a los distintos aspectos educativos que se le encomienden.

El Decreto 211/2000, de 5 de diciembre, del Gobierno de Aragón, que regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación y establece el sistema de acceso y provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación en la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", del 15 de diciembre de 2000), en su artículo 8, determina la estructura del Plan General de Actuación de la Inspección de Educación.

El objetivo principal de este Plan General de Actuación es fijar las prioridades de actuación de la Inspección de Educación en el ámbito de la Comunidad Autónoma y servir de marco para que las Inspecciones Provinciales de Educación, respetando lo establecido en el Plan General, propongan su propio Plan Provincial de Actividades, adecuando a su contexto la realización de las actuaciones generales planificadas e introduciendo otras actuaciones que estimen necesarias o convenientes para sus respectivos ámbitos provinciales y cuyo desarrollo no pueda obstaculizar el normal desarrollo de las actuaciones prioritarias o específicas del Plan General de Actuación.

Por todo ello, esta Secretaría General Técnica ha resuelto:

Primero.- Aprobar el Plan General de Actuación de la Inspección de Educación para el curso 2014-2015 que se incluye como anexo a esta...

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