DECRETO 22/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema de información de la contabilidad de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

BOA. Boletín Oficial de Aragón núm. 21, 21 de Febrero de 2003I. Disposiciones Generales › DEPARTAMENTO DE ECONOMIA HACIENDA Y EMPLEO

Enlazado como:
Abogados Mercantil y de la Empresa

Extracto


DECRETO 22/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema de información de la contabilidad de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    DECRETO 22/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el sistema de información de la contabilidad de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Un examen de las listas de los artículos 148 y 149 de la Constitución permite sustentar que cuanto se refiere a la intervención y la contabilidad pública no es materia que quede reservada como competencia exclusiva del Estado ni incluida entre aquellas sobre las que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias, siendo difícil encuadrarla dentro del artículo 148.1.1ª al no tratarse de la organización de una institución de autogobierno. Sin embargo, el artículo 149.3 del texto constitucional admite que correspondan a las Comunidades Autónomas las materias que no estén atribuidas expresamente al Estado, siempre que así esté previsto en los correspondientes Estatutos de Autonomía.

    El Título IV del Estatuto de Autonomía de Aragón, bajo la rúbrica de «Economía y Hacienda», señala que la Comunidad dispondrá de Hacienda Autónoma para la financiación y desarrollo de los servicios propios, atribuyendo en el artículo 55 a las Cortes de Aragón la competencia para la regulación por Ley de las normas de organización y procedimiento para asegurar la rendición de cuentas, normas que se contienen en la Ley 4/1986 de 4 de junio, de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el texto refundido de la Ley de Hacienda, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón y en la Ley 10/2001, de 18 de junio, de creación de la Cámara de Cuentas de Aragón.

    La Ley de Hacienda reguló en su Título III «De la Intervención y la Contabilidad» la contabilidad pública, de la que ya se predica en la exposición de motivos que constituye un «instrumento necesario para la gestión administrativa y para facilitar la información necesaria para la toma de decisiones en materia económico-financiera». ...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía