DECRETO 82/1987, de 29 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se reestructura y atribuyen competencias a los diversos órganos del Instituto Tecnológico de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INDUSTRIA COMERCIO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 82/1987, de 29 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se reestructura y atribuyen competencias a los diversos órganos del Instituto Tecnológico de Aragón.

El Instituto Tecnológico de Aragón fue creado por Decreto 68/1984 de 13 de septiembre, de la Diputación General de Aragón, con objeto de potenciar la investigación, desarrollo y aplicación de tecnologías avanzadas que incidan en un mejor aprovechamiento de los recursos económicos de Aragón. El Instituto ha venido realizando una importante labor de estructuración interna de sus propios órganos rectores y organización administrativa, al tiempo que desarrollaba una labor de promoción de sus posibilidades en los medios científicos, técnicos y empresariales.

Por todo ello, parece necesario adecuar la estructura interna y objetivos del Instituto Tecnológico, aprovechando la experiencia inicial acumulada, de forma que se articule un instrumento eficaz para responder al reto de renovación tecnológica que la industria aragonesa exige, especialmente después de la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, y previa deliberación de la Diputación General de Aragón en su reunión del día 29 de junio de 1987, DISPONGO Artículo 1 El Instituto Tecnológico de Aragón (ITA), integrado orgánicamente en el Departamento de Industria, Comercio y Turismo, es un centro para la investigación y desarrollo, que tiene como finalidades básicas:

1. El desarrollo de tecnologías aún no maduras mediante proyectos genéricos de investigación aplicada.

2. La realización de proyectos concretos de investigación para el desarrollo de sectores industriales públicos y privados.

3. Elaborar estudios y efectuar investigaciones, con medios propios o en colaboración con la Universidad y otros centros, públicos y privados, en relación con los diferentes sectores tecnológicos.

4. La prestación de servicios para la homologación de productos y calibrado de aparatos y equipos, así como la realización de asesorías sobre temas tecnológicos.

5. La formación de personal técnico mediante la organización y promoción de cursos y seminarios.

6. En general, cuantas actividades estén dirigidas al desarrollo, coordinación o difusión de las nuevas tecnologías entre entidades y empresas.

Artículo 2 Son órganos de dirección del Instituto Tecnológico de Aragón:

-El Consejo Rector. -El...

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