ACUERDOS del Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, adoptados en sesión celebrada el día 28 de enero de 2011.

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Extracto


ACUERDOS del Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, adoptados en sesión celebrada el día 28 de enero de 2011.

El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, en sesión celebrada el día 28 de enero de 2011, adoptó los siguientes acuerdos:

I. Aprobar el Acta de la Sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2010.

II. Expedientes dictaminados por el Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel.

1.-Mas de las Matas.-Texto Refundido del P.G.O.U.-Cot - 2009/206.

Fundamentos de derecho

Quinto.-Que en relación con el objeto del texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana, es el de recoger en un único documento técnico las determinaciones de planeamiento general actualmente vigentes en el término municipal de Mas de las Matas.

Sexto.-En cuanto a la documentación presentada se trata de un texto refundido que consta de documentación escrita y planos con una estructura semejante al informado por la extinta CPOT, en febrero de 2010.

Se añaden en anexos los dictámenes emitidos por el Consejo Consultivo de Aragón, en aplicación de lo establecido en el art. 74.2 de la Ley 5/1999 de 25 de marzo, Urbanística de Aragón y de la Dirección General de Carreteras del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y transportes del Gobierno de Aragón, de fecha 2 de agosto de 2010, en su calidad de titular de las carreteras autonómicas A-225 y A-226, emitido como consecuencia de lo dispuesto en el art. 30 de la Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras. Ambos dictámenes han resultado favorables.

Séptimo.-Analizado el contenido del expediente y del Proyecto Técnico por los servicios técnicos del Consejo de Teruel, en su segundo informe de 20 de diciembre de 2010 cabe establecer la siguiente valoración:

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio no mostró conformidad a la anterior documentación técnica en lo relativo al texto refundido porque alguno de los contenidos de la modificación puntual nº 4 fueron informados desfavorablemente, siendo vinculante el carácter de ese informe.

Estos contenidos eran, concretamente, el cambio de categorización de los terrenos de la unidad de ejecución nº 12 de suelo urbano no consolidado a suelo urbano consolidado y la modificación del apartado 7 del artículo 112 de las Normas urbanísticas relativo al parámetro de edificabilidad de la zona Bajolugar

En el nuevo documento estos extremos han sido suprimido...

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