ORDEN PRE/197/2016, de 1 de marzo, por la que se aprueban los modelos de actas y de certificado de seguro de responsabilidad civil a utilizar en los festejos taurinos populares que se celebren en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

El artículo 71.54.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a esta Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de "espectáculos y actividades recreativas, que incluye, en todo caso, la ordenación general del sector, el régimen de intervención administrativa y la seguridad y el control de todo tipo de espectáculos en espacios y establecimientos públicos", constituyendo una modalidad los festejos taurinos populares.

Se consideran festejos taurinos populares aquellas actividades recreativas en las que se juegan, conducen, corren o torean reses de ganado bovino de lidia, debidamente identificadas y saneadas, para el ocio y recreo de los ciudadanos, quedando prohibido maltratar o agredir físicamente a los animales, así como realizar cualquier actuación que pueda herir la sensibilidad de los espectadores.

En Aragón, la celebración de los festejos taurinos populares goza de una larga tradición que, en la mayoría de los casos, se aglutinan entorno a las fiestas patronales y locales de nuestros municipios y que se encuentran en su propia cultura popular y tradicional, que forma parte de nuestra historia. Festejos que, a su vez, generan un valioso elemento dinamizador sobre la economía del lugar en que se celebran, impulsando su desarrollo económico, social, cultural, turístico y patrimonial.

La intervención administrativa previa a la celebración de un festejo taurino popular está sujeta a la obtención de la preceptiva autorización administrativa, en los términos y condiciones exigidos en el Decreto 226/2001, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los Festejos taurinos populares.

La exigencia de previa autorización administrativa se justifica, fundamentalmente, en la necesidad de garantizar la correcta celebración del espectáculo, la seguridad del público asistente y de cuantos intervienen en el mismo, la debida protección e integridad de los animales, previa acreditación por la empresa organizadora del cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa, contribuyendo, a su vez, en la promoción y conocimiento, de modo digno y adecuado, de las fiestas y de la cultura popular arraigada en nuestras tierras aragonesas.

No obstante, y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, desde la aprobación del referido Decreto, la experiencia adquirida y la casuística derivada de los más de mil festejos taurinos populares celebrados anualmente en Aragón, hacen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR