ORDEN de 1 de agosto de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se autoriza a los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón que se señalan para la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Por Orden de 20 de enero de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se convoca a los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para solicitar la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera. ("Boletín Oficial de Aragón", número 34, de 18 de febrero de 2014).

Mediante Resolución de 1 de julio de 2014, del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, se autorizó de forma provisional a los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón que se señalaban para la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera.

La Comisión de selección prevista en el apartado sexto.1 de la Orden de 20 de enero de 2014 ha revisado las alegaciones presentadas en tiempo y forma en relación con dicha resolución provisional.

Vista la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria elevada por el Director General de Política Educativa y Educación Permanente, y de acuerdo con el apartado séptimo.3 de la Orden de 20 de enero de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Autorizar la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera a los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo I, hasta un máximo de 10.

Los centros autorizados recibirán, desde el Servicio Provincial correspondiente, las instrucciones necesarias para la firma de dicho compromiso según las características de su proyecto bilingüe.

Segundo.- No autorizar la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera a los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo II, por los motivos que se indican.

Tercero.- Los centros autorizados para proceder a la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera deberán asumir los compromisos previstos en el apartado octavo de la Orden de 20 de enero de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

Cuarto.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte podrá revocar la autorización para...

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