ORDEN CDS/533/2016, de 25 de mayo, por la que se modifica la Orden de 16 de abril de 2015, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se regula el régimen de acceso y adjudicación de plazas de servicio de estancia diurna asistencial, estancia diurna ocupacional y alojamiento, ofertados por el Gobierno de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 113, de 16 de junio de 2015, se publicó la Orden de 16 de abril de 2015, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se regula el régimen de acceso y adjudicación de plazas de servicio de estancia diurna asistencial, estancia diurna ocupacional y alojamiento, ofertados por el Gobierno de Aragón, sobre la base de las competencias reconocidas estatutariamente a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de acción social, de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón y de las experiencias de la puesta en marcha del servicio de atención a las personas en situación de dependencia.

En el tiempo transcurrido desde la aplicación de la citada orden hasta la actualidad se ha detectado la conveniencia de introducir una serie de modificaciones en varios aspectos. Por un lado, se considera conveniente que la actualización de la participación de los usuarios en el coste de los servicios a que se refiere la Disposición adicional primera de la orden no se lleve a cabo automática y necesariamente, sino que parece más razonable que sea el Instituto Aragonés de Servicios Sociales el que, a la vista de las circunstancias económicas y sociales de cada momento y de la experiencia del peso de los copagos en la adjudicación de los servicios, establezca, mediante resolución motivada, la correspondiente actualización e incluso pueda optar por no actualizar el copago para un determinado ejercicio, si las circunstancias lo aconsejan.

Por otra parte, en aras de la eficacia y la eficiencia en la gestión, procede reducir las exigencias de documentación para conformar el expediente en el procedimiento seguido para la adjudicación de plazas en centros de la red pública de servicios sociales a las personas mayores que tienen reconocida una situación de dependencia, por lo que se considera procedente modificar el anexo II "Declaración Responsable Única" por contener gran cantidad de datos que, con la autorización del interesado...

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