ORDEN de 28 de enero de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula la Asesoría de Convivencia escolar.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Con fecha 18 de febrero de 2008, los representantes de la comunidad educativa aragonesa suscribieron el Acuerdo para la Mejora de la convivencia escolar en los centros educativos de Aragón. En virtud de lo acordado en la línea de actuación número 8 de dicho Acuerdo, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte puso en marcha una Asesoría con la finalidad de prestar atención y orientación individualizada para los miembros de la comunidad educativa (alumnado, familias o profesionales de los centros docentes) en los casos relacionados con la convivencia y los conflictos escolares, especialmente los vinculados a situaciones de acoso. Con fecha 15 de enero de 2008, este instrumento de colaboración fue elevado al Gobierno de Aragón, para su toma de conocimiento.

El citado Acuerdo también contemplaba la elaboración de una norma reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa en Aragón. Para cumplir ese compromiso, se aprobó el Decreto 73/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la Carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y las bases de las normas de convivencia en los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

De acuerdo con el artículo 17 del Decreto 336/2011, de 6 octubre, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 178/2012, de 17 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, le corresponde a este Departamento, a través de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, "j) El desarrollo de la orientación educativa, profesional y la tutoría de los alumnos en los distintos niveles de enseñanza, así como de los programas de convivencia escolar."

La Disposición final primera del citado Decreto faculta al titular del Departamento competente en materia de educación para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo previsto en el mencionado Decreto.

En la tramitación de la presente orden se ha tenido en cuenta el procedimiento establecido en la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, para la aprobación de normas reglamentarias, y se han evacuado los informes preceptivos previos a su aprobación, en particular, informe del Consejo Escolar de Aragón y de la Secretaría General Técnica de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Esta orden tiene por objeto la regulación de la Asesoría de Convivencia escolar.

Artículo 2 Naturaleza jurídica y adscripción.
  1. La Asesoría de Convivencia es una unidad técnica de carácter colegiado que desarrolla funciones de atención y orientación individualizada para los miembros...

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