ORDEN de 30 de julio de 2014, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se convocan subvenciones, para el año 2014, a favor de las entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos que tengan por objeto atender las necesidades básicas de las familias aragonesas en situación de especial vulnerabilidad dentro del Fondo de Inclusión Social y Ayuda Familiar Urgente.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La familia, como componente básico y esencial de la sociedad, tiene una función de protección social que resulta especialmente importante en tiempos de mayor incertidumbre y vulnerabilidad. En un escenario como el actual golpeado por una crisis que persiste, a las familias les resulta difícil cumplir con sus múltiples tareas y afrontar sus responsabilidades. Es entonces cuando se hacen necesarias, aun más, políticas centradas en alcanzar el bienestar de las familias y en responder a sus necesidades a través de iniciativas y medidas que beneficien a todas las familias y de manera especial, a aquellas que presentan mayores dificultades.

Esta situación exige que las instituciones públicas adopten medidas eficaces que sirvan para amortiguar los efectos de la crisis y recuperar la situación familiar. Medidas que den una respuesta excepcional a esta situación excepcional. Es preciso dirigir los máximos esfuerzos presupuestarios allá donde más golpeada e indefensa está la sociedad, pero también creando e ideando mecanismos eficientes de sinergias y cauces de colaboración interadministrativos que garanticen unos efectos multiplicadores e integradores. Y hacerlo desde todos los ámbitos sectoriales -vivienda, empleo, servicios sociales...-, así como la colaboración público - privada para la garantía del cumplimiento de los objetivos señalados ante esta situación de excepcionalidad sobrevenida, todo ello en coordinación con los servicios sociales.

En este año 2014 de celebración del XX aniversario del Año Internacional de La Familia, la Asamblea General de Naciones Unidas, alienta a que las políticas públicas prosigan llevando a cabo actuaciones apropiadas para hacer frente a la pobreza de las familias y combatir la exclusión social.

Surge pues esta convocatoria como contribución a la cobertura de las necesidades básicas de las familias en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis económica, priorizando a aquellas familias con menores a cargo, y familias con personas mayores con responsabilidades familiares sobrevenidas por la precarización familiar.

Con esta convocatoria nos aproximamos a esta realidad, teniendo muy presente que es preciso ofrecer una respuesta que respete al máximo la dignidad de las personas, sin estigmatizaciones y con la máxima privacidad. Se trata de responder a situaciones urgentes, a necesidades ya creadas, garantizando ante todo el respeto personal y familiar y reforzando la importancia de la Familia como institución y de todos y cada uno de sus miembros en el desarrollo social.

Teniendo en cuenta esta coyuntura, la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 24 que los poderes públicos aragoneses orientarán sus políticas de acuerdo con el objetivo, entre otros, de garantizar la protección integral de la familia y los derechos de toda forma de convivencia reconocida por el ordenamiento jurídico.

El artículo 71.34.ª atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de acción social, incluyendo en la misma la ordenación, organización y desarrollo de un sistema público de servicios sociales que atienda, entre otros fines, a la protección de las distintas modalidades de familia.

Mediante Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón por el que se establece la actual configuración departamental de esta Administración, se crea el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia.

El Decreto 337/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, modificado por el Decreto 77/2013, de 14 de mayo, del Gobierno de Aragón, dispone que corresponde a la Dirección General de Familia la planificación, ejecución y control de la política en materia de apoyo y protección a la familia, mediante el diseño y gestión de políticas familiares y de programas de atención y apoyo a las unidades familiares.

En este contexto, la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2014 crea, en sus artículos 42 y siguientes, el Fondo para la inclusión social y la ayuda familiar urgente, configurándolo como un conjunto de acciones y transferencias de carácter social y socioeducativo dirigidas a hacer frente a situaciones personales, familiares y colectivas de mayor vulnerabilidad o riesgo de exclusión social.

Así mismo, se recogen en la presente convocatoria las medidas establecidas por el Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, y se articula esta convocatoria al amparo de las líneas 3 y 4 del Plan Estratégico de Subvenciones.

Por consiguiente, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 222/2005 de 9 de noviembre (B.O.A. 133), del Gobierno de Aragón, que aprobó el reglamento por el que se establecen las bases reguladoras para subvenciones en materia de familia, mujer y juventud, modificado por el Decreto 27/2007, de 27 de febrero (B.O.A. 31), del Gobierno de Aragón; con el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia y de sus Organismos y Entidades Públicas, aprobado por Orden del Consejero de 20 de febrero de 2012, modificado por Orden de 31 de julio de 2013 y de acuerdo con las competencias atribuidas al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón en el desarrollo de políticas de apoyo a las familias, como Consejero del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, DISPONGO:

Primero.- Convocatoria.

Aprobar la convocatoria de subvenciones correspondiente al año 2014, a favor de las entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos que tengan por objeto atender las necesidades básicas de las familias aragonesas en situación de especial vulnerabilidad como consecuencia de la crisis económica, en el marco del Fondo de Inclusión Social y Ayuda Familiar Urgente, con sujeción a las Bases incluidas en esta convocatoria, disponibles también en la siguiente página de Internet http://www.aragon.es.

Segundo.- Cuantía y financiación.

La cuantía disponible para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un importe máximo de 600.000 €, con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria G/3133/480122/91002 del presupuesto de gastos de la Dirección General de Familia para el ejercicio 2014.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR