LEY 4/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de Cooperativas de Aragón.

BOA. Boletín Oficial de Aragón núm. 124, 25 de Junio de 2010I. Disposiciones Generales › Presidencia del Gobierno de Aragon

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LEY 4/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de Cooperativas de Aragón.

En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.

PREÁMBULO

Transcurridos más de diez años desde la aprobación y entrada en vigor de la Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de Cooperativas de Aragón, las circunstancias socioeconómicas existentes en el momento de su aparición han experimentado una notable evolución que ha venido acompañada de la consiguiente modificación del contexto normativo regulador. Desde el año 1998, dichas novedades socioeconómicas y legales se han ido asentando en el ordenamiento jurídico y han venido a incidir directamente en el contenido de la ley, haciendo necesaria su exhaustiva modificación para adaptarse a las mismas.

De entre todas las novedades legales acaecidas en el período de tiempo transcurrido desde la aprobación de la Ley de Cooperativas en el año 1998, el nuevo Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, constituye la más destacada, por ser el Estatuto de Autonomía la norma institucional básica sobre la que se construye nuestro edificio normativo. La citada Ley Orgánica, en su artículo 71.31.ª, atribuye a nuestra Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de «Cooperativas y entidades asimilables, con domicilio en Aragón, que incluye la regulación de su organización, funcionamiento y régimen económico, así como el fomento del movimiento cooperativo y de otras modalidades de economía social».

Asimismo, en la década transcurrida desde la aprobación de la Ley 9/1998, se han venido produciendo importantes transformaciones derivadas de la liberalización de los mercados y de la utilización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en la realización de transacciones mercantiles. En este sentido, la Unión Europea, el Estado español y las Comunidades Autónomas vienen realizando un importante esfuerzo para adaptar sus ordenamientos jurídicos a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, y para incorporar las nuevas tecnologías de la información y la comunicación a su actividad ordinaria a través de, entre otras normas, la Ley estatal 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y del Decreto aragonés 228/2006, de 21 de noviembre, por el que se crea el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se regula la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos y se establecen otras medidas en materia de administración electrónica.

Es destacable, asimismo, la reciente aparición de nuevas normas en materia de contabilidad, a las que han de adaptarse las cooperativas, lo que requiere la modificación de la regulación del régimen económico de las sociedades cooperativas, que se contiene en la Ley de Cooperativas de Aragón. En este sentido, se han incorporado a la presente ley las disposiciones contenidas en la disposición adicional cuarta de la Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea.

De otra parte, otros aspectos regulados en la Ley de Cooperativas de Aragón, referidos en muchos casos a sectores concretos del cooperativismo, colocan a éste en desventaja frente a otras figuras societarias, que han ido evolucionando de forma más ágil para adecuarse a la coyuntura socioeconómica actual.

Por todos estos motivos, las entidades asociativas representantes del cooperativismo, aglutinadas en el Consejo Aragonés del Cooperativismo y a través de éste, manifestaron la necesidad de modificar la Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de Cooperativas de Aragón.

El conjunto de modificaciones que se introducen a través de la presente norma en el régimen jurídico de las sociedades cooperativas responde, por tanto, a un triple objetivo: dotar a este tipo de sociedades de mecanismos de actuación más ágiles y modernos que les permitan competir en igualdad de condiciones con el resto de formas societarias; adaptar su régimen contable al nuevo sistema de contabilidad armonizado internacionalmente sobre la base de la normativa de la Unión Europea; e introducir diversas modificaciones de carácter sectorial en el ámbito de las Cooperativas de Trabajo Asociado, de las Cooperativas Agrarias y de las Cooperativas de Viviendas.

Las principales modificaciones introducidas a lo largo del articulado de la ley son las siguientes:

Se definen más claramente aquellas actividades que la cooperativa puede llevar a cabo directamente con terceros no socios, por tener carácter meramente preparatorio, accesorio, complementari...

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