ORDEN de 22 de junio de 1987, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, por la que se aprueban las normas de funcionamiento interno de la Comunidad Terapéutica de Rehabilitación de Toxicómanos 'El Frago'.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO
Rango de LeyOrden

ORDEN de 22 de junio de 1987, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, por la que se aprueban las normas de funcionamiento interno de la Comunidad Terapéutica de Rehabilitación de Toxicómanos "El Frago".

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 8/82 de 10 de agosto, en su artículo 35.1.59, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón, competencia exclusiva en materia de Asistencia, Bienestar Social y Desarrollo Comunitario y Juventud, promoviendo las condiciones para su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural.

Aprobada la Ley 4/87 de 25 de marzo, de Ordenación de la Acción Social, la cual tiene por objetivo la regulación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, de aquellos servicios, prestaciones y actuaciones, cuyo objetivo sea procurar el acceso de todos los ciudadanos a los diferentes sistemas públicos de protección social, así como alternativas de convivencia, cuando así lo exija la carencia o limitaciones del medio familiar o social, y encontrándose entre la variedad de servicios prestados los de reinserción social de las personas afectadas por el consumo de drogas, hace necesario que, habida cuenta, la existencia en esta Comunidad Autónoma, de la Comunidad Terapéutica de Rehabilitación de Toxicómanos en la localidad de "El Frago", Zaragoza y dentro de las Directrices del Plan Nacional sobre Droga, queden establecidas unas normas que rijan el funcionamiento de dicho Centro que redunden en el beneficio de aquellos que, conscientes de su problemática, acepten voluntariamente someterse a su gestión.

En su virtud, este Departamento dispone:

Primera. La Comunidad Terapéutica de Rehabilitación de Toxicómanos "El Frago", se configura como servicio social de carácter público, que tiene por objetivo coadyuvar el proceso de rehabilitación y reinserción social de los residentes afectados por el consumo de Drogas.

NORMAS DE ADMISION Segunda. Los requisitos indispensables de admisión son los siguientes:

-Solicitud voluntaria y a instancia del interesado.

-Haber mantenido abstinencia controlada en el Consumo de Drogas al menos durante el mes inmediato anterior a su ingreso en el Centro.

-Compromiso familiar de participación, colaboración y responsabilidad con el programa terapéutico y, en especial, en todas aquellas circunstancias y situaciones que, personalmente, les afecten .

Como norma general, no se admitirán relaciones de parejas, pudiendo, no obstante y previo informe razonado, efectuarse acepciones cuando el caso lo requiera.

Tercera. La solicitud de ingreso y los modelos de informes a aportar, estarán a disposición de los interesados en las sedes de los Servicios Provinciales de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo de Zaragoza, Huesca y Teruel, así como de los Servicios Sociales de Base y Módulos Psicosociales.

Cuarta. Los informes a aportar, señalados en el artículo anterior, serán los siguientes:

-Informe médico.

-Informe Psico-técnico.

-Informe socio-económico, que deberá ser elaborado por el Asistente Social asignado en cualquiera de las sedes donde se presente la solicitud.

Quinta. La documentación, debidamente cumplimentada, deberá presentarse en la sede de los Servicios Provinciales de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo de Zaragoza, Huesca y Teruel, así como en la de los Servicios Sociales de Base y Módulos Psicosociales, quienes...

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