DECRETO 103/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la mutación demanial, por cambio de sujeto, a favor del Instituto Aragonés del Agua, de una parcela situada en el término municipal de Ejea de los Caballeros con destino al servicio de depuración de aguas residuales del municipio.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros y la Diputación General de Aragón suscribieron el 30 de julio de 1996 un convenio de colaboración para la construcción y explotación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Ejea de los Caballeros. Dentro del conjunto de actuaciones necesarias para la ejecución de las obras se convino la cesión por el Ayuntamiento de los terrenos necesarios para la ubicación de la EDAR.

Tras los oportunos trámites, ambas Administraciones han cumplido los compromisos pactados en dicho convenio con mutua satisfacción, quedando únicamente pendiente la regularización patrimonial de la situación existente, donde sobre un suelo de propiedad municipal se levanta la depuradora de aguas residuales de titularidad autonómica.

La transmisión de la titularidad se ha planteado al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, que prevé las mutaciones demaniales consistentes en la cesión de la titularidad de un bien a otra Administración Pública, manteniendo la afección del bien al uso o servicio público.

Tras la instrucción del oportuno expediente, el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, por acuerdo plenario de 4 de abril de 2016, acordó ceder gratuitamente al Instituto Aragonés del Agua, mediante mutación demanial por cambio de sujeto, la parcela 641 del polígono 18 de su término municipal. La finca objeto de cesión tiene una extensión de 33.563 m², está integrada por cuatro fincas registrales y su destino es el soporte de las instalaciones de depuración de aguas residuales del municipio.

La Dirección General de Administración Local ha tomado conocimiento de esta cesión, mediante diligencia de 3 de mayo de 2016, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 119 del Reglamento de Bienes, Actividades y Servicios de las Entidades Locales de Aragón.

El terreno ha sido valorado en 33.831,50 euros por el Servicio de Patrimonio de la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización, mediante un informe del Jefe de Sección de Bienes Inmuebles de 3 de junio de 2016, sin que conste la existencia de gravámenes que pudieran minorar su valor.

El Departamento de Hacienda y Administración Pública ha manifestado su conformidad con la operación en fecha 7 de junio de 2016.

El artículo 21.1 del Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del...

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