DECRETO 93/1988, de 24 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el Plan Coordinado de Obras, 1.ª Parte, 2.ª Fase, de la zona regable por la segunda parte del Canal de Monegros, en las provincias de Huesca y Zaragoza.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA,GANADERIA Y MONTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 93/1988, de 24 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el Plan Coordinado de Obras, 1.ª Parte, 2.ª Fase, de la zona regable por la segunda parte del Canal de Monegros, en las provincias de Huesca y Zaragoza.

Por Real Decreto 37/1985, de 9 de enero, se declaró de interés nacional la transformación de la zona regable por la segunda parte del Canal de Monegros, en las provincias de Huesca y Zaragoza. Por Real Decreto 1676/1986, de 1 de agosto, se aprobó el Plan General de Transformación de la zona regable. Por Orden Ministerial de 22 de octubre de 1987 (BOE, n.º 265, de 5 de noviembre), se aprobó el Plan Coordinado de Obras de la 1.ª Fase de la 1.ª Parte, que comprendía los sectores I y II del Plan General de Transformación.

Elaborado por la Comisión Técnica Mixta, constituida de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 1676/1986, de 1 de agosto, el Plan Coordinado de Obras de la Primera Parte-Segunda Fase, que comprende los Sectores III, IV, V, VIII y IX definidos en el Plan General de Transformación, y sometió a la información pública prevista en la Orden de la Presidencia del Gobierno de 15 de octubre de 1979, procede su aprobación. Esta, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 643/1985, de 2 de abril, sobre valoración definitiva y ampliación de funciones traspasadas de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de reforma y desarrollo agrario, debe realizarse por ambas Administraciones, a cuyo efecto se ha acordado el texto correspondiente, para su aprobación por las mismas con arreglo a sus respectivas normas de procedimiento.

Asimismo, conforme al Real Decreto antes citado, a la Comisión Técnica Mixta le corresponderá igualmente el seguimiento del Plan.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, la Diputación General, en su reunión del día 24 de mayo de 1988, DISPONGO:

Artículo 1.º.-La relación de las obras incluidas en el Plan, su calificación, orden y ritmo coordinado de redacción de proyectos y ejecución, se consignan en el Anejo único de este Decreto.

Las obras del apartado a) corresponderán a la Dirección General de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo y las del apartado b) al Organo competente de la Diputación General de Aragón. No obstante, a fin de conseguir el ritmo previsto en el presente Plan, podrá modificarse la distribución de los trabajos a realizar en...

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