ORDEN de 24 de marzo de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Entidad SAT número 1596 NUFRI, para la prestación de servicios de asistencia técnica al sector agrícola en materias de sanidad vegetal.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/7/0058 el convenio de colaboración suscrito, con fecha 17 de febrero de 2014, por el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón y el apoderado de la SAT número 1596 NUFRI, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 24 de marzo de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN Y LA ENTIDAD SAT N.º 1596 NUFRI, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA AL SECTOR AGRÍCOLA EN MATERIAS DE SANIDAD VEGETAL

En Zaragoza, a 17 de febrero de 2014.

REUNIDOS

De una parte, D. Modesto Lobón Sobrino, Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, actuando en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, facultado para la firma del presente convenio, por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 22 de octubre de 2013.

De otra parte, D. Ignasi Argilés Figuerola, con DNI 43723150N, en calidad de apoderado de la SAT número 1596 NUFRI, con CIF: F25011461, y domicilio social en carretera Palau, km 1, 25230-Mollerussa (Lleida), actuando en nombre y representación de la misma, según consta en escritura de poderes número 356/09, de fecha 3 de abril de 2009, autorizada por la notaria D.ª Gema Cavero Nasarre Letosa.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad jurídica y de obrar necesaria para obligarse mediante el presente convenio de colaboración.

EXPONEN

Que mediante Orden de 25 de septiembre de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones para la prestación de apoyo técnico al sector agrícola en materia de sanidad vegetal y lucha integrada contra las plagas (en adelante, la orden de bases reguladoras).

Que dichas subvenciones encuentran su amparo legal en el artículo 15.2.c) del Reglamento (CE) número 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) número 70/2001, en el que se prevé un régimen de ayudas estatales consistente en sufragar los costes de la prestación de asistencia técnica a los productores primarios (agricultores). La ayuda que contempla debe concederse en especie mediante servicios subvencionados, determinándose la imposibilidad de que se efectúen pagos directos en efectivo a los beneficiarios.

Que en la orden de bases reguladoras se prevén una serie de actividades de asistencia técnica que pueden ser subvencionadas, pero para ello se exige expresamente que dichas actividades se efectúen a favor de los beneficiarios por entidades colaboradoras que previamente hayan suscrito un convenio de colaboración con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para esa finalidad, y que en el ejercicio de esta prestación, actúen conforme a lo previsto, entre otras normas de aplicación, en el Reglamento (CE) número 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, y en la orden.

Que en la orden de bases reguladoras se ha previsto que esas entidades colaboradoras no puedan ser cualquier persona física o jurídica que suscriba el convenio de colaboración en las condiciones que en ella se indican, sino que deben concurrir en estas una serie de requisitos...

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