ORDEN de 14 de febrero de 2013, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Restaurante Bal D´Onsera, para contribuir a la formación de los alumnos y, en su caso, profesores de Formación Profesional de la familia de Hostelería y Turismo.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2013/6/0031 el convenio suscrito, con fecha 5 de febrero de 2013, por la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el administrador del Restaurante Bal D´Onsera, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 14 de febrero de 2013.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

Anexo:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE DEL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL RESTAURANTE BAL D´ ONSERA DE ZARAGOZA

En Zaragoza, a 5 de febrero de 2013, reunidos:

De una parte, l

a Excma. Sra. D.ª Dolores Serrat Moré, Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón nombrada mediante Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, actuando en nombre y representación de la Diputación General de Aragón, según Acuerdo de este órgano de fecha 18 de diciembre de 2012.

Y de otra parte, e

l Restaurante Bal D´Onsera con domicilio social en calle Blasón Aragonés, n.º 6, 50003 Zaragoza, representado por D. José María Corella Mendoza, mayor de edad y con DNI 25436294L, en su condición de administrador.

Ambas partes, en la representación con que intervienen, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal suficiente para obligarse en este acto, y a tal efecto se elabora el presente convenio de colaboración cuya finalidad es reforzar la colaboración entre ambos firmantes en materia de formación profesional de Hostelería y Turismo, especialmente en lo relacionado con los aspectos prácticos de esta formación.

Antecedentes:

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece como una finalidad de la formación profesional en el sistema educativo facilitar la adaptación de los alumnos a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida.

En el mismo sentido, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional indica que uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación profesional será promover...

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