Extracto
ACUERDOS de la Comisión Técnica de Calificación de Zaragoza, adoptados en sesión de 7 de octubre de 2011.
La Comisión Técnica de Calificación de Zaragoza en la sesión de 7 de octubre de 2011, reunida bajo la presidencia de Carlos Ontañón Carrera, Presidente de La Comisión, adoptó entre otros los siguientes acuerdos: Burgo de Ebro (El): solicitud de calificación e informe previos a la concesión de licencia ambiental de actividad clasificada para calderería en general y fabricación y montaje de estructuras metálicas (sin proceso de pintura), a ubicar en Pg/ Ind. La Noria, C/ Río Cinca, 44 - 50730 Burgo de Ebro (El) (Zaragoza), instada por José Ignacio Gastón Artieda (Expediente 50030473201102752). 1º.-«Calificar como molesta por humos, vibraciones y ruido, la actividad calderería en general y fabricación y montaje de estructuras metálicas (sin proceso de pintura), solicitada por José Ignacio Gastón Artieda, en el término municipal de Burgo de Ebro (El). - Edificio tipo A. Un único sector de incendios (500,83 m2). Nivel de riesgo intrínseco bajo-1. La licencia ambiental de actividad clasificada deberá incorporar las siguientes condiciones: - Una vez puesta en servicio la instalación se procederá comunicar los datos pertinentes al Registro Industrial de Aragón dependiente del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza. - Deberá obtener del Ayuntamiento el correspondiente permiso de vertido de aguas residuales, según lo establecido en el Decreto 38/2004 de 24 de febrero del Gobierno de Aragón. - La actividad deberá cumplir los valores límite de inmisión de ruido en áreas acústicas exteriores establecidos en las ordenanzas municipales o, en su defecto, los indicados en la Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón («Boletín Oficial de Aragón» de 3 de diciembre de 2010), tabla 6 del anexo III. - Para residuos que tengan la consideración de peligrosos (aceites usados, envases vacíos contaminados, trapos sucios contaminados, etc.) el titular de la actividad deberá inscribirse en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos de la Comunidad Autónoma de Aragón en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), según lo establecido en el Decreto 236/2005, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón. 2º.-Considerar suficientes las medidas propuestas en el proyecto técnico y memoria descriptiva aportados. 3º.-De acuerdo con los informes técnicos municipales que obran en el expediente se informa favorablemente la ubicación propuesta, a efectos de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón. 4º.-Informar como favorable condicionado de acuerdo a las condiciones previamente establecidas, la concesión de licencia ambiental de actividad, significando a la Alcaldía la necesaria tramitación de la licencia de obras con sujeción, entre otros, a los preceptos de contenido urbanístico que le sean de aplicación. 5º.-Recordar a la alcaldía que la actividad de referencia, conforme el artículo 72 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, con carácter previo al comienzo de la actividad, deberá obtenerse la licencia de inicio de actividad, a cuyo efecto el titular de la instalación o actividad deberá presentar ante el ayuntamiento la correspondiente solicitud acompañada de la documentación que acredite que las obras o instalaciones se han ejecutado de acuerdo con lo establecido en la licencia ambiental de actividad clasificada.» Zaragoza: solicitud de calificación e informe previos a la concesión de licencia ambiental de actividad clasificada para fábrica de envases y embalajes de plástico, a ubicar en Pg/ Malpica, 64 C/D 50171 Zaragoza (Zaragoza), instada por Knauf Miret, S.L. (Expediente 50030473201108346). 1º.-«Calificar como molesta, nociva y peligrosa por gases, almacenamiento de material combustible, vapores, emisiones a la atmósfera, humos, vibraciones y ruido, la actividad fabrica de envases y embalajes de plástico, solicitada por Knauf Miret, S.L., en el término municipal de Zaragoza. - Dispone de inscripción en el Registro de Productores de Residuos Industriales No Peligrosos AR/PRINP- 265/2011 mediante Resolución de 23 de agosto de 2011 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. -Edificio tipo C. Dividido en 6 sectores de incendio. Sector 1 Producción y Producto acabado (5275 m2). Nivel de riesgo intrínseco bajo-2. Sector 2 Carga y Descarga (2056 m2). Nivel de riesgo intrínseco bajo-2. Sector 3.A Silos pre-expandido (542 m2) Nivel de riesgo intrínseco alto-7. Sector 3.B Zona calderas vapor Se le aplicarán los requisitos establecidos en el Reglamento de equipos a presión (RD 2060/2008) y utilización de combustibles gaseosos (RD 919/2006) Sector 4. Espacio exterior parcialmente cubierto, sin material combustible (664 m2). Sector 5 Materia Prima (821 m2). Nivel de riesgo intrínseco medio-5. Sector 6. Oficinas (544 m2) CTE DB SI. La licencia ambiental de actividad clasificada deberá incorporar las siguientes condiciones: - Una vez puesta en servicio la instalació...
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