RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 23 de enero de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina para producción hasta 432 UGM, situada en el polígono 3, parcelas 76 y 180, del término municipal de Hoz y Costeán (Huesca), y promovida por la sociedad Explotaciones Hermanos Almanzor, S. C. (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/02109).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyResolución

Visto el escrito de fecha 28 de febrero de 2014, presentado por D. Juan Manuel Almanzor Llena, en representación de Explotaciones Hermanos Almanzor, S. C, con NIF: G22237473, como promotora de una solicitud de prórroga en el plazo autorizado para la entrada en funcionamiento de la ampliación de la explotación descrita, resulta:

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 23 de enero de 2009, se otorgó autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina para producción hasta 432 UGM, situada en el polígono 3, parcelas 76 y 180, del término municipal de Hoz y Costeán (Huesca) (Número Expte. INAGA 500301/02/2008/03789).

Segundo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 15 de marzo de 2011, se prorrogó la entrada en funcionamiento de su actividad hasta el 2 de marzo de 2013 (Número Expte. INAGA 500301/02/2011/01043).

Tercero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 22 de enero de 2014, se prorrogó por segunda vez la entrada en funcionamiento de su actividad hasta el 2 de marzo de 2014 (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/09089).

Fundamentos jurídicos

Primero.- De acuerdo a lo previsto en el artículo 59.2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, las autorizaciones ambientales integradas puedan establecer plazos mayores que sus resoluciones iniciales, a solicitud del titular de la instalación. Esta condición está establecida en el último párrafo del punto 2.15. de la Resolución de 23 de enero de 2009. El titular de la explotación justifica la citada prórroga por el retraso de las obras debido a la falta de tiempo en su ejecución.

Vistos, la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Autorizar, la modificación puntual de la Resolución de 23 de enero de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto...

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