DECRETO 93/2005, de 26 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTOS DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES Y DE ECONOMIA HACIENDA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 137/2003, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, se aprobó la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, preceptuando su Disposición Final Primera que el Gobierno de Aragón, a propuesta de cada Consejero, aprobará mediante Decreto las normas de desarrollo de la estructura orgánica establecida por la presente disposición, así como la redistribución de competencias entre los distintos órganos administrativos.

Es objeto del presente Decreto proceder, en cumplimiento de lo previsto en la Disposición Final Primera del Decreto 137/2003, de 22 de julio, al desarrollo de la estructura orgánica básica que para el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo establece dicha norma, así como distribuir entre los órganos del Departamento, tanto las competencias y funciones que ya tenían atribuidas por el ordenamiento jurídico, como las que se derivan de lo dispuesto en los Decretos de 7 y 22 de julio de 2003, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por los que se modifican la organización en Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y se decide la vinculación de los organismos públicos adscritos a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, estructurados por el primero, concretamente, «las competencias asignadas al anterior Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales en materia de Inmigración; las competencias de Comercio Exterior y Relaciones Económicas Internacionales, incluido el SIPCA (actualmente AREX), y los programas de captación de inversiones extranjeras hasta ahora asignadas al anterior Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo»; así como las que la Comunidad Autónoma de Aragón ejerce en materia de Cooperación para el Desarrollo.

Desde este punto de vista, se integran en el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo las Oficinas de Cooperación para el Desarrollo y para la Inmigración, como órganos de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al Consejero del Departamento, así como la adscripción de los Servicios, de Planificación y Atención a la Inmigración, integrado en la Dirección General de Trabajo e Inmigración, y de Cooperación al Desarrollo, integrado en la Dirección General de Asuntos Europeos y Acción Exterior.

Se atribuye a la Secretaría General Técnica del Departamento las competencias de Comercio Exterior, Relaciones Económicas Internacionales y Captación de Inversiones Extranjeras, para su ejercicio a través del Servicio de Promoción Económica y Comercio Exterior.

Como órganos directivos nuevos en la estructura básica del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo se encuentra la Dirección General de Política Económica y la Dirección General de Asuntos Europeos y Acción Exterior. Corresponde a la primera de ellas el ejercicio de las funciones y competencias en materia de Política Financiera de la Comunidad Autónoma de Aragón; la estadística para fines de la Comunidad Autónoma, y la producción de información y análisis económico relevante para el ejercicio del resto de competencias y funciones de esta naturaleza, integrándose por los Servicios de Financiación, de Estudios Económicos y Defensa de la Competencia, y el Instituto Aragonés de Estadística.

A la Dirección General de Asuntos Europeos y Acción Exterior se le atribuyen las competencias y funciones relacionadas con la preparación, soporte y seguimiento de la actividad institucional y política del Gobierno de Aragón en relación con la Unión Europea, la programación, control y ejecución de los Fondos Europeos y de la Cooperación al Desarrollo, integrándose para ello por los Servicios de Fondos Europeos, de Acción Exterior y de Cooperación al Desarrollo.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, a propuesta conjunta del Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 26 de abril de 2005,

DISPONGO:

Artículo 1 Competencias generales del Departamento.

Corresponde al Departamento de Economía, Hacienda y Empleo:

  1. Planificar, coordinar y ejecutar la política económica del Gobierno de Aragón en aras a la consecución del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, así como la obtención de la información y la realización del análisis económico necesario para ello.

  2. La dirección, desarrollo y ordenación de la política financiera de la Comunidad Autónoma.

  3. El estudio y seguimiento de la política de financiación autonómica y la negociación, gestión y seguimiento de los mecanismos integrantes del sistema de financiación de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  4. La gestión de subvenciones estatales reguladas por la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Económicos Regionales para la Corrección de los Desequilibrios Interterritoriales.

  5. La gestión de las subvenciones tanto a puntos de interés de préstamos, y al coste de avales, como las de a fondo perdido y la concesión de avales y tramitación de anticipos.

  6. El ejercicio de las actividades de la Comunidad Autónoma de Aragón en relación con el fomento y promoción de actuaciones en materia de Comercio Exterior, Relaciones Económicas Internacionales y Captación de Inversiones Extranjeras.

  7. El ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Cajas de Ahorro, Instituciones de Crédito Cooperativo, Banca y Crédito y en materia de seguros.

  8. El ejercicio de las competencias que la Comunidad Autónoma de Aragón tenga atribuidas en materia de defensa de la competencia, sin perjuicio de las competencias del Departamento de Industria en materia de comercio interior.

  9. El ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Estadística para fines de la Comunidad Autónoma.

  10. El ejercicio de las competencias en materia de Deuda Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

  11. El ejercicio de las competencias administrativas relativas al contenido y aprobación, de los créditos presupuestarios y sus modificaciones, y la ejecución y liquidación del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con la normativa vigente.

  12. El ejercicio de las competencias y funciones sobre patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón de acuerdo con la legislación vigente.

  13. El ejercicio de las competencias y funciones en materia de Tesorería establecidas en la normativa vigente.

  14. El ejercicio de las competencias que correspondan a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos y de aquéllos tributos propios cuya gestión tenga encomendada, la representación en los órganos de participación y coordinación de las Administraciones Públicas competentes en materia tributaria.

  15. El ejercicio del control interno de la actividad económico financiera, y la Contabilidad Pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con la legislación vigente.

  16. El Registro Público de Contratos de la Comunidad Autónoma de...

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