DECRETO 96/2011, de 26 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón.

BOA. Boletín Oficial de Aragón núm. 85, 3 de Mayo de 2011I. Disposiciones Generales › DEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA

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DECRETO 96/2011, de 26 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de Estatuto de Autonomía de Aragón, la Comunidad Autónoma de Aragón ha mantenido las competencias atribuidas respecto a la actividad docente, conforme a lo dispuesto en su artículo 73.

Por otra parte, en la Mesa Sectorial de Educación de 8 de octubre de 2004 fueron negociadas y acordadas una serie de medidas para la mejora de las condiciones de provisión y desempeño de puestos docentes por funcionarios de carrera e interinos en el ámbito de la enseñanza pública, ratificado por Acuerdo del Gobierno de Aragón de 16 de noviembre de 2004 y publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» de 31 de diciembre de 2004.

En el ejercicio de la citada competencia, y con el fin de de configurar un sistema de provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad, acorde con los planteamientos que se determinaron en el Acuerdo de la Mesa Sectorial, se aprobó el Decreto 55/2005, de 29 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se estableció el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino, derogando de esta forma el Decreto 60/2000, de 28 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulaba el anterior sistema de provisión de puestos de trabajo docentes no universitarios en régimen de interinidad.

La necesidad de adaptar la anterior normativa a los nuevos planteamientos que han surgido a lo largo de su vigencia y a los cambios producidos en la normativa general aplicable en el ámbito de gestión de personal así como en el nuevo marco de la enseñanza no universitaria, ha generado la necesidad de negociar las condiciones de provisión y desempeño de puestos docentes por funcionarios interinos en el ámbito de la enseñanza pública, plasmándose en la firma del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Educación con fecha 17 de febrero de 2011.

En el acuerdo alcanzado, se respeta a los actuales integrantes de las listas de espera. Partiendo de todos los que hoy las componen, se mantiene la existencia de una dualidad de listas de aspirantes a puestos de trabajo en régimen de interinidad para cada cuerpo y especialidad y queda integrada la primera de ellas por todos aquellos aspirantes que hubieran trabajado al menos un día desde la creación o renovación de la lista de espera u obtuviesen una determinada puntuación en el procedim...

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