ACUERDOS de la Comisión Técnica de Calificación de Zaragoza, adoptados en sesión de 6 de abril de 2011.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyAcuerdo

La Comisión Técnica de Calificación de Zaragoza en la sesión de 6 de abril de 2011, reunida bajo la presidencia de Carlos Ontañón Carrera, Presidente de la Comisión, adoptó entre otros los siguientes acuerdos:

Zaragoza: Solicitud de calificación e informe previos a la concesión de licencia ambiental de actividad clasificada para planta de producción de hormigón (amasado y dosificado) con una capacidad de producción máxima de 40 m3/h (250 m3/día), a ubicar en la referencia catastral 509009000007300005, instada por Áridos y Excavaciones Carmelo Lobera S.L. (Expediente 50030473201009935).

  1. -«Calificar como molesta por polvo, vibraciones y ruido, la actividad planta de producción de hormigón (amasado y dosificado) con una capacidad de producción máxima de 40 m3/h (250 m3/día), solicitada por Áridos y Excavaciones Carmelo Lobera S.L., en el término municipal de Zaragoza.

    - Dispone de licencia de actividad clasificada para extracción de áridos por el Ayuntamiento de Zaragoza de fecha 18 de Septiembre de 2007.

    La Licencia Ambiental de actividad clasificada deberá incorporar las siguientes condiciones:

    - Cumplimiento del Régimen de comunicación y/o autorización de puesta en servicio aplicable a las instalaciones (instalación eléctrica, etc.), ante el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo.

    - Inscribir la actividad en el Registro de Establecimientos Industriales, así como acreditar el cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las diferentes instalaciones industriales (instalación eléctrica, contra incendios, etc.) en lo concerniente a la puesta en servicio y a las revisiones e inspecciones periódicas.

    - En materia de ruidos el titular de la instalación cumplirá con los límites de contaminación acústica establecidos en las Ordenanzas Municipales de Zaragoza.

    - Deberá disponer de la correspondiente Autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro para el suministro de agua del Canal Imperial de Aragón.

    - Deberá disponer de contrato con empresa autorizada para la recogida de las aguas residuales acumuladas en la fosa séptica.

    - Deberá disponer de la correspondiente Autorización en Suelo No Urbanizable de acuerdo a lo establecido en la (LUA) Ley Urbanística de Aragón.

    - Deberá solicitar en el plazo de un mes tras la concesión de la Licencia Ambiental de Actividad Clasificada la solicitud de la correspondiente autorización administrativa prevista en el articulo 13.2 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad de aire y protección de la atmósfera, ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, como actividad incluida en el Real Decreto 100/2011 de 28 de enero, por el que se actualiza el catalogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación, y acompañar dicha solicitud o autorización a la documentación para la concesión de la Licencia de Inicio de Actividad.

  2. -Considerar suficientes las medidas propuestas en el proyecto técnico y memoria descriptiva aportados.

  3. -De acuerdo con los informes técnicos municipales que obran en el expediente se informa favorablemente la ubicación propuesta, a efectos de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón.

  4. -Informar como favorable condicionado de acuerdo a las condiciones previamente establecidas, la concesión de licencia ambiental de actividad, significando a la Alcaldía la necesaria tramitación de la licencia de obras con sujeción, entre otros, a los preceptos de contenido urbanístico que le sean de aplicación.

  5. -Recordar a la alcaldía que la actividad de referencia, conforme el artículo 72 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, con carácter previo al comienzo de la actividad, deberá obtenerse la licencia de inicio de actividad, a cuyo efecto el titular de la instalación o actividad deberá presentar ante el ayuntamiento la correspondiente solicitud acompañada de la documentación que acredite que las obras o instalaciones se han ejecutado de acuerdo con lo establecido en la licencia ambiental de actividad clasificada.»

    Caspe: Solicitud de Calificación e informe previos a la concesión de licencia ambiental de actividad clasificada para ensamblaje de cajas o envases de cartón, a ubicar en pg/ ind. El Castillo, nave 6, 50700 Caspe (Zaragoza), instada por Monroyo Agrícola, S.L. (Expediente 50030473201002354).

  6. -«Denegar la calificación de la actividad ensamblaje de cajas o envases de cartón, solicitada por Monroyo Agrícola, S.L., en el término municipal de Caspe.

  7. -Informe desfavorable fundamento en los siguientes motivos:

    - De acuerdo al informe emitido por el Departamento de Industria, Comercio y Turismo de fecha 3 de Marzo de 2011, no se considera el anexo aportado suficiente como justificación, no se aportan cálculos de estructura, combinado con estudios de control de humos y temperatura por lo que no queda demostrado el colapso de la estructura.

    - Dado que con fecha 2 de Junio de 2010 entre otros puntos requeridos se le indicaba que subsanara las deficiencias encontradas en el sistema contra incendios, que con fecha 10 de Noviembre de 2010 se le vuelve a requerir que subsane deficiencias en lo referente a la tipificación del edificio de acuerdo al Reglamento de Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RD 2267/2004, de 3 de diciembre) y que con fecha 22 de febrero de 2011 y nº de entrada 4637 se aporta a esta Comisión documentación donde se ratifica en la solución adoptada inicialmente (tipificación de la nave como «B»). El Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo no acepta dicha tipificación de la nave por lo tanto se informa «Desfavorablemente»

  8. -Dar traslado del presente acuerdo al Ayuntamiento de Caspe y al solicitante.

    4ª.-A la vista de la calificación desfavorable, el Ayuntamiento deberá dar audiencia al promotor, antes de resolver sobre el otorgamiento de la licencia y, en su caso, trasladar a esta Comisión las alegaciones y documentos que éste presentara, por si esta Comisión debiera cambiar la calificación desfavorable.

    Cadrete: Solicitud de calificación e informe previos a la concesión de licencia ambiental de actividad clasificada para almacén de maderas, a ubicar en Cl/ La Venta, 24, 50420 Cadrete (Zaragoza), instada por Maderas Soriano, S.A. (Expediente 50030473201100535).

  9. -«Calificar como molesta y peligrosa por almacenamiento de material combustible, vibraciones y ruido, la actividad almacén de maderas, solicitada por Maderas Soriano, SA, en el término municipal de Cadrete.

    - Edificio Tipo C y E (R. Intrínseco Medio-4). Dividido en dos sectores: Sector almacén (478,50 m2) R. Medio-5 y Sector patio: 1943 m2 (R. Medio-3)

    La Licencia Ambiental de actividad clasificada deberá incorporar las siguientes condiciones:

    - Cumplimiento del Régimen de comunicación y/o autorización de puesta en servicio aplicable a las instalaciones (instalación eléctrica, contra incendios, etc.), ante el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo.

    - Deberá disponer de Sistema Manual de Alarma, de acuerdo a lo dispuesto en el anexo III del Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales

    - La actividad deberán cumplir los valores límite de inmisión de ruido en áreas acústicas exteriores establecidos en las ordenanzas municipales o, en su defecto, los indicados en la Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón («Boletín Oficial de Aragón» de 3 de diciembre de 2010), tabla 6 del anexo III.

    - Deberá solicitar autorización de vertido a la red de alcantarillado, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los vertidos de aguas residuales a las redes municipales de alcantarillado.

  10. -Considerar suficientes las medidas propuestas en el proyecto técnico y memoria descriptiva aportados.

  11. -De acuerdo con los informes técnicos municipales que obran en el expediente se informa favorablemente la ubicación propuesta, a efectos de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón.

  12. -Informar como favorable condicionado de acuerdo a las condiciones previamente establecidas, la concesión de licencia ambiental de actividad, significando a la Alcaldía la necesaria tramitación de la licencia de obras con sujeción, entre otros, a los preceptos de contenido urbanístico que le sean de aplicación.

  13. -Recordar a la alcaldía que la actividad de referencia, conforme el artículo 72 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, con carácter previo al comienzo de la actividad, deberá obtenerse la licencia de inicio de actividad, a cuyo efecto el titular de la instalación o actividad deberá presentar ante el ayuntamiento la correspondiente solicitud acompañada de la documentación que acredite que las obras o instalaciones se han ejecutado de acuerdo con lo establecido en la licencia ambiental de actividad clasificada.»

    Calatayud: Solicitud de calificación e informe previos a la concesión de licencia ambiental de actividad clasificada para centro de limpieza ecológica y estética del automóvil (recepción, limpieza con vapor de agua a presión, restauración de defectos menores puntuales y entrega del vehículo), a ubicar en Cl/ Los Rubio Vergara, 9, 50300 Calatayud (Zaragoza), instada por Daniel (Expediente 50030473201100898).

  14. -«Calificar como molesta por vibraciones y ruido, la actividad centro de limpieza ecológica y estética del automóvil (recepción, limpieza con vapor de agua a presión, restauración de defectos menores puntuales y entrega del vehículo), solicitada por Daniel, en el término municipal de Calatayud.

    - Edificio Tipo A, Riesgo Intrínseco Bajo-1

    La Licencia Ambiental de actividad clasificada deberá incorporar las siguientes condiciones:

    - Inscribir la actividad en el Registro de Establecimientos Industriales, así...

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